Saltar al contenido principal
Manual de Tránsito

II.3.3.2.1. Autorización

Además de las condiciones generales enumeradas en la sección II.3.3.1, el solicitante debe cumplir las siguientes condiciones específicas para obtener la autorización para expedir documentos T2L/T2LF, facturas o documentos de transporte como prueba del estatuto de la Unión sin el visado de la aduana.

Condiciones específicas para la expedición de documentos T2L/T2LF, facturas o documentos de transporte

Artículo 128, apartados 2 y 4, del AD
Artículo 14 del apéndice II del Convenio

  • el interesado extiende regularmente la prueba del estatuto aduanero de mercancías de la Unión o las autoridades aduaneras saben que puede cumplir las obligaciones legales para la utilización de dichos medios de prueba.

Además de las condiciones generales enumeradas en la sección II.3.3.1 y las condiciones específicas, el solicitante debe cumplir las siguientes condiciones específicas para obtener la autorización para expedir documentos T2L/T2LF electrónicos autenticados por el propio emisor como prueba del estatuto de la Unión sin el visado de la aduana.

Condiciones específicas aplicables a la autenticación electrónica por parte del propio emisor autorizado sin firma

Artículo 128 ter del AD
Artículo 17 del apéndice II del Convenio

  • el emisor autorizado ha otorgado un compromiso por escrito en el que asume su responsabilidad por las consecuencias legales derivadas de todos los documentos T2L/T2LF o documentos comerciales expedidos con el sello especial.

Artículo 128 bis, apartado 2, del AD
Artículo 15 del apéndice II del Convenio

ADUANA

En particular, la autorización deberá especificar:
a) la aduana a la que se ha asignado la responsabilidad de autenticar previamente los formularios «T2L» o «T2LF»;
b) la forma en que el emisor autorizado determinará la correcta utilización de los formularios;
c) las categorías o movimientos de mercancías excluidos;
d) el plazo y la forma en que el emisor autorizado deberá informar a la aduana competente para que esta pueda proceder, en su caso, al control de las mercancías antes de su partida;
e) si los medios de pruebas deben:

1) ser autenticados previamente por la aduana;
2) ser autenticados por el propio emisor autorizado con firma;
3) ser autenticados electrónicamente por el propio emisor autorizado (sin firma);

f) que el expedidor autorizado debe cumplimentar y firmar el formulario antes de la expedición de las mercancías;
g) si la autoridad aduanera permite la utilización de listas de carga que no cumplan todos los requisitos.