II.3.3.2.1. Autorización
Además de las condiciones generales enumeradas en la sección II.3.3.1, el solicitante debe cumplir las siguientes condiciones específicas para obtener la autorización para expedir documentos T2L/T2LF, facturas o documentos de transporte como prueba del estatuto de la Unión sin el visado de la aduana.
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Condiciones específicas para la expedición de documentos T2L/T2LF, facturas o documentos de transporte Artículo 128, apartados 2 y 4, del AD
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Además de las condiciones generales enumeradas en la sección II.3.3.1 y las condiciones específicas, el solicitante debe cumplir las siguientes condiciones específicas para obtener la autorización para expedir documentos T2L/T2LF electrónicos autenticados por el propio emisor como prueba del estatuto de la Unión sin el visado de la aduana.
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Condiciones específicas aplicables a la autenticación electrónica por parte del propio emisor autorizado sin firma Artículo 128 ter del AD
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Artículo 128 bis, apartado 2, del AD ADUANA En particular, la autorización deberá especificar: 1) ser autenticados previamente por la aduana; f) que el expedidor autorizado debe cumplimentar y firmar el formulario antes de la expedición de las mercancías; |