Para contribuyentes residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias
Normativa: Art. 29 bis Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto legislativo 1/2009, de 21 de abril
Además de las exenciones anteriormente comentadas, los contribuyentes residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias podrán aplicar la exención de los bienes y derechos de contenido económico que cumplan los siguientes requisitos:
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Que estén computados para la determinación de su base imponible y,
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Que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente, constituido al amparo de la Ley 41/2003, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad.