Ejemplo Hijo nacido en 2020
Una contribuyente tiene un hijo nacido el 13/04/2020 (estando trabajando desde antes del nacimiento de ese hijo) y permanece en activo hasta el día 03/11/2020 que pasa a estar en la situación de ERTE con suspensión total, situación en la que permanece hasta el 03/04/2021. Desde esa fecha la contribuyente vuelve a trabajar.
Las cotizaciones y cuotas totales mensuales (del trabajador y la empresa) a la Seguridad Social ascienden a 200 €.
La madre percibió en las declaraciones de Renta 2020 y 2021 los importes máximos que le correspondían de la deducción por maternidad conforme a la normativa en vigor en ese momento.
Analizar el efecto de la ampliación de la deducción por maternidad a las nuevas circunstancias para el año 2020 y 2021 en Renta 2022.
Solución
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SITUACIÓN EXISTENTE HASTA 31/12/2022 (normativa original):
El hijo nació el 13/04/2020 por lo que es menor de 3 años en ambos ejercicios.
1.1. Declaración de Renta 2020.
Los requisitos de realizar una actividad por cuenta propia o ajena con alta en la Seguridad Social y tener el hijo menos de 3 años de forma simultánea se dan durante los meses de abril a noviembre de 2021, es decir, durante 8 meses en el ejercicio.
En relación a abril, se tiene en cuenta al computar el mes de nacimiento y noviembre también computa al ser suficiente con que haya trabajado un día en el mes para que ese mes pueda aplicar la deducción por maternidad.
En la declaración de Renta 2020 consignó la deducción por maternidad por un importe de 800 €:
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Deducción máxima posible originariamente: 8 meses (abril a noviembre) x 100 €/mes = 800 €.
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Límite cotizaciones (cotizaciones anuales desde el mes de nacimiento del hijo, es decir, desde abril a diciembre): 9 meses x 200 €/mes =1.800 €.
No opera el límite.
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Deducción por maternidad en Renta 2020 = 800 €.
1.2. Declaración de Renta 2021.
Los requisitos de realizar una actividad por cuenta propia o ajena con alta en la Seguridad Social y tener el hijo menos de 3 años de forma simultánea se dan durante los meses de abril a diciembre de 2021, es decir, durante 9 meses en el ejercicio.
En la declaración de Renta 2021 consignó la deducción por maternidad por un importe de 900 €:
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Deducción máxima posible originariamente: 9 meses x 100 €/mes = 900 €.
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Límite cotizaciones (cotizaciones anuales al ser el hijo menor de 3 años todo el ejercicio): 2.400 €. No opera el límite.
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Deducción por maternidad en Renta 2021 = 900 €.
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AMPLIACIÓN EN RENTA 2022 DE LA DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD AÑOS 2020 Y 2021.
Con la ampliación de la deducción por maternidad a las nuevas circunstancias que incluye el supuesto de las trabajadoras por cuenta ajena que pasen a situación legal de desempleo por haber quedado suspendido su contrato de trabajo en el supuesto de ERTE con suspensión total, en la declaración de Renta 2022 podrá incluir la deducción por el resto de los meses de 2020 y de 2021 por los que ahora tiene derecho.
En este caso, en 2020 también tendrá derecho por diciembre y en 2021 por los meses de enero, febrero y marzo.
2.1. Ampliación en Renta 2022 de la deducción por maternidad 2020.
Ahora tiene derecho por todos los meses desde el nacimiento de su hijo, es decir, por 9 meses en lugar de por los 8 originarios.
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Nueva deducción máxima posible: 9 meses x 100 €/mes = 900 €.
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Límite cotizaciones (cotizaciones anuales desde el mes de nacimiento del hijo, es decir, desde abril a diciembre): 9 meses x 200 €/mes =1.800 €.
No opera el límite.
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Nuevo importe de la deducción por maternidad = 900 €.
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Importe de la deducción aplicada en 2020: 800 €.
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Ampliación de la deducción por maternidad de 2020 a percibir en Renta 2022: 900 – 800 = 100 €.
Este importe es el que ha de figurar en la casilla 1912 de la declaración de Renta 2022 “Incremento de la deducción (cantidades no aplicadas en el ejercicio 2020)”.
2.2. Ampliación en Renta 2022 de la deducción por maternidad 2021.
Ahora también tiene derecho por los meses de enero a marzo. Por tanto, tiene derecho por 12 meses en lugar de por los 9 meses originarios.
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Nueva deducción máxima posible: 12 meses x 100 €/mes = 1.200 €.
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Límite cotizaciones (cotizaciones anuales al ser el hijo menor de 3 años todo el ejercicio): 2.400 €. No opera el límite.
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Nuevo importe de la deducción por maternidad = 1.200 €.
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Importe de la deducción aplicada en 2021: 900 €.
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Ampliación de la deducción por maternidad de 2021 a percibir en Renta 2022: 1.200 – 900 = 300 €.
Este importe es el que ha de figurar en la casilla 1915 de la declaración de Renta 2022 “Incremento de la deducción (cantidades no aplicadas en el ejercicio 2021)”.
La cumplimentación en Renta Web 2022:
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