Datos relativos a regímenes especiales del comercio intracomunitario
Informazioaren aurkibidea saltatuRégimen particular personas en régimen especial
No, tributan en origen cuando su volumen total por año natural no sobrepase ciertos límites (para España, 10.000 euros).
Sí, podrán optar por la sujeción al Impuesto en cualquier momento mediante la presentación de la declaración censal, modelo 036, y afectará a la totalidad de adquisiciones intracomunitarias de bienes que efectúen.
Se entenderá ejercitada la opción, aunque no se presente la declaración censal, desde el momento en que se presente la autoliquidación correspondiente a las adquisiciones intracomunitarias de bienes efectuadas en el período a que se refiera la misma.
Abarcará como mínimo el tiempo que falte por transcurrir del año en curso y los dos años naturales siguientes y surtirá efectos durante los años posteriores hasta su revocación.
Podrá ejercitarse, una vez transcurrido el período mínimo antes indicado, mediante la declaración censal, modelo 036.