Cuándo darme de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores
Infórmate de los motivos para presentar el modelo 036 y 037 de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores cuando vayas a desarrollar actividades económicas
Qué opciones y renuncias puedo realizar
Con la declaración de alta puedes optar:
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Por el régimen especial de IVA de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
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A la aplicación de la regla de prorrata especial del IVA.
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Por la llevanza de los libros registro de IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT (SII).
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A la no sujeción al IVA de las entregas de bienes (régimen de ventas a distancia) y de los servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión.
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Al diferimiento del ingreso de las cuotas de IVA en las operaciones de importación liquidadas por la Aduana.
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Al cálculo de los pagos fraccionados del IS sobre la parte de la base imponible del ejercicio no concluido.
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A la aplicación del régimen general previsto en el IRNR para los establecimientos permanentes con actividad de duración limitada.
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Al régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos.
Asimismo, con la declaración de alta puedes renunciar al método de estimación objetiva y a la modalidad simplificada de estimación directa del IRPF o a los regímenes especiales simplificado y REAGP en IVA.