Cuál es el plazo para presentar la declaración censal
Infórmate de cuándo tienes que presentar el modelo 036 y 037 de alta, modificación y baja
Cuándo tengo que presentar la declaración de modificación
Infórmate de cuándo tienes que presentar el modelo 036 y 037 de modificación
Debes presentar la declaración de modificación, en general, en el plazo de un mes desde que se produzcan los hechos que la han determinado, salvo en los siguientes supuestos:
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Si existen plazos específicos establecidos por la normativa de cada tributo (p.ej. IRPF e IVA) o en función de las circunstancias de cada caso.
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Cambio de período de liquidación en el IVA y de las declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, IRNR y del IS, si no se realiza en el plazo general, hasta el vencimiento del plazo para la presentación de la primera declaración periódica afectada por la variación puesta en conocimiento de la Administración o que se hubiese tenido que presentar de no haberse producido dicha variación.
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Opción o renuncia por la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT (SII): la opción podrás ejercitarla a lo largo de todo el ejercicio. La renuncia a la opción la deberás formular en el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto.
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Inicio de una nueva actividad que vaya a constituir un sector diferenciado a efectos del IVA: cuando la comunicación de que las operaciones activas correspondientes a la nueva actividad se iniciarán con posterioridad al comienzo de la adquisición o importación de bienes o servicios destinados a su desarrollo y resulte aplicable el régimen de deducción de los art.111 a 113 LIVA: antes del momento en que se inicie la nueva actividad que vaya a constituir un sector diferenciado respecto a las que se desarrollaban con anterioridad.
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Solicitudes relacionadas con el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios): antes de que se produzcan las circunstancias relativas al citado Registro.
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Opción por tributación en destino para las ventas a distancia a otros Estados de la UE: durante el mes de diciembre anterior al año natural en que deba surtir efecto, o antes del inicio de operaciones, si es el año de inicio de actividad.
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Cambio de domicilio fiscal: si eres persona física que no debes estar en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, tres meses.
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Para la inclusión y baja en el Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos, cuando se den las circunstancias previstas reglamentariamente.