Kanpainaren berrikuntzak ereduaren arabera
Te detallamos los modelos que han sufrido modificaciones para esta campaña.
Modelo 239. "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas”.
El nuevo modelo 239 permitirá cumplir con la obligación de información sobre determinados mecanismos de planificación fiscal a raíz de la suscripción por parte de España del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático relativo a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las Estructuras extraterritoriales opacas.
La regulación se encuentra en las Disposiciones Adicionales 23º y 24º de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, introducidas por la Ley 13/2023, de 24 de mayo, y en el nuevo artículo 49 ter del RGAT, que fue introducido por el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero.
En consecuencia, ha sido aprobado el nuevo modelo 239, "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas" mediante la Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo:
-
Están obligados a presentar este modelo las personas o entidades a que se refieren los apartados 1 y 4 del artículo 49 ter del RGAT, siempre que concurra alguno de los requisitos señalados en el apartado 5 del artículo 49 ter RGAT.
-
En este modelo deberá ser objeto de declaración los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal a los que se refiere el apartado 3 del artículo 49 ter del RGAT, en los que intervengan o participen los obligados a presentar este modelo mencionados en el artículo 2 de esta orden, cuando concurra alguna de las señas distintivas determinadas en el artículo 47.5 del citado reglamento.
-
La presentación de este modelo estará disponible una vez exista alguna jurisdicción respecto de la que surta efectos el AMAC.
Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo