Orrialde honen testu ofiziala gaztelaniazko bertsioa da. Testu osoa bere hizkuntzan ikusi ahal izango duzu datozen egunetan, itzulpen automatikoa erabat baliozkotuta dagoenean. Edonola ere, webgune honetan itzulitako informazioaren zehaztasunari buruz zalantzarik baduzu, kontsultatu gaztelaniazko bertsio ofiziala.

Eduki nagusira salto egitea
EJZaren berrikuntzak

INFORMAn otsailean argitaratutako berrikuntzak

140349-EXENCIÓN CIFRA DE NEGOCIOS. CESE EN UNA ACTIVIDAD

Una entidad que en el ejercicio actual ejerce únicamente la actividad de servicio de hospedaje en hoteles y moteles (grupo 681 sección primera) y su importe neto de cifra de negocios es inferior al millón de euros, pero que en el ejercicio antepenúltimo ejerció, además, la actividad de restaurante de dos tenedores (epígrafe 671.4 sección primera) superando en aquel ejercicio el millón de euros de INCN para el ejercicio actual no resulta de aplicación la exención del artículo 82.1.c) por INCN.

140350-ELEMENTOS TRIBUTARIOS. ELABORACIÓN DE COMIDAS EN COLEGIOS. LOCALES

La actividad consistente en la elaboración de comidas para colectividades clasificada en el epígrafe 677.9 de la sección primera de las Tarifas del IAE “Otros servicios de alimentación propios de la restauración” no se entiende realizada desde un local, razón por la cual tiene asignada, exclusivamente, cuota de clase municipal y deberá tributar por tantas cuotas municipales cuantos establecimientos sean de su titularidad.

140351-HECHO IMPONIBLE. EMPRESA HOTELERA AUTOCONSTRUYE HOTEL

La actividad desarrollada por una entidad consistente en la construcción de un hotel para ser utilizado en su propia actividad económica, consistente en la explotación hotelera, si bien supone la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos, o de uno de ambos, su finalidad no es la de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, toda vez que la construcción de dicho hotel no tiene como fin su enajenación, así por no concurrir el requisito exigido en el apartado 1 del artículo 79 del TRLRHL no tiene la consideración de actividad económica a efectos del impuesto y no se realiza el hecho imponible.

140352-TARIFAS. PRODUCTOS DE SCRAPBOOKING, LIBROS Y UTENSILIOS DE REPOSTERÍA

Una entidad se dedica a la venta de productos de scrapbooking, y libros y utensilios de repostería deberá darse de alta por la venta al por menor de productos de scrapbooking en el epígrafe 652.2 “Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos”. Por la venta al por menor de libros de repostería en el epígrafe 659.4 “Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes”. Y por la venta al por menor de utensilios de repostería, en el epígrafe 653.3 “Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo”.

140354-LOCAL Y COEFICIENTE DE SITUACIÓN. COMERCIO EN AEROPUERTO. SUPERFICIE

Las cuotas correspondientes a actividades que se desarrollen en elementos espaciales o instalaciones que no tienen la consideración de local a efectos del impuesto, no podrán ser incrementadas ni con el elemento tributario superficie ni con el coeficiente de situación.