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142868-TARIFAS- ARRENDAMIENTO VIVIENDA POR HORAS O DÍAS

El arrendamiento de este tipo de vivienda, de forma ocasional, por horas o días, a agencias de publicidad para la grabación o el rodaje de anuncios publicitarios, quedaría clasificado en el Epígrafe 861.1 de la Sección primera de las Tarifas -Alquiler de viviendas.

142869-TARIFAS-PUNTO DE RECOGIDA DE PAQUETERÍA

La actividad consistente en la prestación de servicios de punto de recogida de paquetería se clasifica con arreglo a lo dispuesto en la Regla 8ª de las tarifas en el Epígrafe 849.9 de la Sección primera de las mismas, -Otros servicios independientes n.c.o.p -.

142870-HECHO IMPONIBLE-REFORMA DE LA PROPIA VIVIENDA

Una persona reforma su propia vivienda, sin recibir ningún beneficio ni rendimiento económico, es decir, su finalidad no es la de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Por no concurrir en dicha actividad el requisito exigido en el apartado 1 del artículo 79 del TRLRHL, aquella no tiene la consideración de actividad económica a efectos del Impuesto. Consecuentemente, no está obligada a presentar declaración de alta ni a contribuir por el IAE por la reforma de su vivienda con la finalidad de usarla para sí mismo.