Orrialde honen testu ofiziala gaztelaniazko bertsioa da. Testu osoa bere hizkuntzan ikusi ahal izango duzu datozen egunetan, itzulpen automatikoa erabat baliozkotuta dagoenean. Edonola ere, webgune honetan itzulitako informazioaren zehaztasunari buruz zalantzarik baduzu, kontsultatu gaztelaniazko bertsio ofiziala.

Eduki nagusira salto egitea
2019ko memoria

4.2.6. Colaboración con Haciendas Forales

Tanto el Convenio como el Concierto Económico, suscritos por el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco (aprobados respectivamente por la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, modificada por la Ley 14/2015, de 24 de junio, y por la Ley 12/2002, de 23 de mayo, modificada por la Ley 10/2017, de 28 de diciembre) establecen como principio esencial la coordinación y colaboración mutua entre dichas Comunidades forales y el Estado en la aplicación de sus respectivos regímenes tributarios.

En ejecución de dicho principio la Agencia Estatal de Administración Tributaria y las Haciendas Tributarias forales de Navarra y de los Territorios Históricos del País Vasco, han continuado e intensificado la cooperación en orden a mejorar y coordinar los procedimientos de control y las relaciones entre ambas instituciones, con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como de cerrar las posibles vías de fraude fiscal.