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4.2.6. Colaboración con Haciendas Forales

Tanto el Convenio como el Concierto Económico, suscritos por el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco (aprobados respectivamente por la Ley 28/1990, de 26 de diciembre y por la Ley 12/2002, de 23 de mayo) establecen como principio esencial la coordinación y colaboración mutua entre dichas Comunidades forales y el Estado en la aplicación de sus respectivos regímenes tributarios.

En ejecución de dicho principio, la Agencia Tributaria y las Haciendas Tributarias forales de Navarra y de los Territorios Históricos del País Vasco, han continuado e intensificado la cooperación en orden a mejorar y coordinar los procedimientos de control y las relaciones entre ambas instituciones, con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como de cerrar las posibles vías de fraude fiscal.