La sentencia de 14 de noviembre de 2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo aborda el tema del devengo del IVA en los servicios prestados por los administradores concursales
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado, en fecha 14 de noviembre de 2022, la sentencia 1476/2022, en el recurso de casación 1847/2021, en el que analiza el devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido en los servicios prestados por los administradores concursales.
La cuestión planteada consistía en determinar si el devengo del IVA por los servicios prestados por los administradores concursales se produce al finalizar cada una de las fases del proceso concursal o, por el contrario, tiene lugar cuando concluye el concurso, entendiéndose entonces que el administrador concursal presta sus servicios de forma continuada y homogénea durante todo el procedimiento concursal, independientemente de sus diferentes fases, prestando un único servicio.
El Alto Tribunal procede al examen del artículo 75 de la ley de IVA, en lo que a las prestaciones de servicios se refiere, junto con diferentes artículos de la Ley Concursal, en cuanto a la individualización de las distintas funciones que se atribuyen a los administradores concursales en cada una de las fases del concurso y, en último término, del Real Decreto 1860/2004, de 6 de septiembre, por el que se establece el arancel de derechos de los administradores concursales, para poder afirmar que es posible individualizar las distintas funciones que se atribuyen a los administradores concursales en cada una de las fases del concurso, el momento de finalización de cada fase del mismo y el crédito del administrador concursal que resulta exigible al final de la fase común.
La respuesta dada por el TS a la cuestión es que, el devengo del IVA por los servicios prestados por los administradores concursales se produce al finalizar cada una de las fases del proceso concursal.
Este criterio ha sido reiterado por el Tribunal Supremo en la sentencia 1501/2022, de 16 de noviembre de 2022, recurso de casación 2178/2022
Pueden consultarse ambas sentencias en los siguientes enlaces: Sentencia núm. 1476/2022 y Sentencia núm. 1501/2022.