Consultas tributarias contestadas por la Dirección General de Tributos durante el mes de enero de 2024
Te informamos sobre las consultas tributarias contestadas por la Dirección General de Tributos durante el mes de enero de 2024.
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Descripción de hechos: La entidad consultante es una asociación de instituciones de inversión colectiva y fondos de pensiones. El apartado 2.c) de la disposición transitoria cuadragésimo primera de la Ley del Impuesto sobre Sociedades regula para los socios de sociedades de inversión de capital variable (SICAV) que hubieran acordado su disolución y liquidación conforme a lo previsto en dicha disposición transitoria, un régimen de diferimiento fiscal de las rentas derivadas de la liquidación de la sociedad vinculado a la reinversión, dentro de un período concreto, del total dinero o bienes que integran la cuota de liquidación, en participaciones o acciones de determinadas instituciones de inversión colectiva. Una vez realizada la adjudicación de dinero o bienes en pago de la cuota de liquidación a los socios, pueden aparecer nuevos activos, activos sobrevenidos, como, por ejemplo, recuperación de excesos de retención sobre dividendos soportados en el extranjero, cantidades percibidas en el marco de demandas colectivas, intereses derivados de remuneración de saldos acreedores en cuenta corriente, o remanentes de los importes consignados en cumplimiento de la normativa mercantil para el pago de deudas o de gastos de la disolución y liquidación de la SICAV, que por no existir o ser indeterminados en el momento de la liquidación, no se computaron en la cuota de liquidación de los socios, de forma que su adjudicación se realizará en un momento posterior.
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Cuestión planteada: Si los importes correspondientes a estos activos sobrevenidos quedan fuera del marco de aplicación del régimen transitorio de reinversión, estando sujetos al régimen general ordinario de tributación en el impuesto personal del socio como renta procedente de la disolución y liquidación de la SICAV. O en el caso de que dichos importes deban ser reinvertidos, concreción de los aspectos fiscales de dicha reinversión, incluidos los relativos a las obligaciones de información a la Administración Tributaria.
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Descripción de hechos: El consultante, partícipe de tres planes de pensiones con aportaciones anteriores a 2007, extinguió su relación laboral el 31 de diciembre de 2021 a consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo. Pasó a situación legal de desempleo el 1 de enero de 2022. Tiene la intención de efectuar el rescate de los planes de pensiones.
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Cuestión planteada: Plazo disponible para aplicar la reducción del 40 por ciento contemplada en el régimen transitorio.
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Descripción de hechos: Se describe en la cuestión consultada.
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Cuestión planteada: Si la aportación de determinados bienes de carácter privativo, a título gratuito, a la sociedad de gananciales implica la existencia de una alteración patrimonial en sede del cónyuge aportante, susceptible de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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