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135410 - INTERESES DE DEMORA TRIBUTARIOS (modificación)Los intereses de demora recibidos de la AEAT como consecuencia de una devolución de ingresos indebidosestán sujetos al IRPF, constituyendo una ganancia patrimonial, a integrar en la base imponible general, conforme al nuevo criterio fijado por la Sentencia del Tribunal Supremo 0024/2023, de 13 de enero.
146439 - COTIZACIONES EXCESIVAS. REGULARIZACIÓN ADMINISTRADORA partir del 1 de enero de 2023, el pago de las cuotas a la Seguridad Social en el RETA se realiza en función de los rendimientos previstos. En caso de tener que regularizar los pagos por haber obtenido al finalizar el ejercicio menores rendimientos de los previstos, el importe abonado por la Seguridad Social se considerará menor gasto deducible de los rendimientos del trabajo en al ejercicio en el que se regularicen.
146388 - MINIMO POR ASCENDIENTES: ANDALUCÍA, GALICIA, MADRID Y VALENCIASe han incorporado los mínimos autonómicos.
146363 - MÍNIMO PERSONAL CC. AA. ILLES BALEARS Y MADRIDSe han incorporado los mínimos autonómicos.
146430 - MÍNIMO PERSONAL CC. AA. ANDALUCÍA, GALICIA Y VALENCIASe han incorporado los mínimos autonómicos.
146440 - DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD EN 2023. HIJO NACIDO EN 2022Por un hijo nacido antes del 2023 también la madre puede tener derecho a la deducción por maternidad, a partir del 1 de enero de 2023, siempre que en el momento del nacimiento percibiese prestación de desempleo o estuviese de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o en cualquier momento posterior al nacimiento cotice un período mínimo de 30 días a la Seguridad social o mutualidad.
146450 - AYUDAS PÚBLICAS POR DESASTRES NATURALES. DAÑOS MATERIALESDe acuerdo con la disposición adicional 5º de la Ley del IRPF no se integrarán en la base imponible las rentas positivas que se pongan de manifiesto como consecuencia de la percepción de ayudas públicas para reparar daños producidos por este tipo de sucesos. No obstante, cuando el importe de la ayuda sea inferior al de las pérdidas producidas, podrá integrarse en la base imponible la diferencia negativa.
146437 - REGULARIZACIÓN CUOTA RETA. MINORACIÓN GASTO DEDUCIBLEA partir del 1 de enero de 2023, el pago de las cuotas a la Seguridad Social en el RETA se realiza en función de los rendimientos de la actividad previstos. En caso de tener que regularizar los pagos por haber obtenido al finalizar el ejercicio menores rendimientos de los previstos, el importe devuelto por la Seguridad Social se considerará menor gasto deducible en al ejercicio de la devolución.
146390 - MÍNIMO POR DESCENDIENTES: CC.AA. ANDALUCÍA, GALICIA, Y VALENCIASe han incorporado los mínimos autonómicos.
146436 - REGULARIZACIÓN CUOTA RETA. GASTO DEDUCIBLE ADICIONALA partir del 1 de enero de 2023, el pago de las cuotas a la Seguridad Social en el RETA se realiza en función de los rendimientos de la actividad previstos. En caso de tener que regularizar los pagos por haber obtenido al finalizar el ejercicio mayores rendimientos de los previstos, el importe adicional a satisfacer se considerará mayor gasto deducible del ejercicio en el que se regularicen.
146421 - BONO ALQUILER JOVENLas cantidades percibidas como bono alquiler joven, al igual que cualquier otra ayuda al alquiler similar, están sujetas al IRPF, en concepto de ganancia patrimonial que se integrará dentro de la Base Imponible General.
146438 - COTIZACIONES ADICIONALES. REGULARIZACIÓN ADMINISTRADORA partir del 1 de enero de 2023, el pago de las cuotas a la Seguridad Social en el RETA se realiza en función de los rendimientos previstos. En caso de tener que regularizar los pagos por haber obtenido al finalizar el ejercicio mayores rendimientos de los previstos, el importe adicional a satisfacer se considerará mayor gasto deducible de los rendimientos del trabajo del ejercicio en el que se regularicen.
146215 - MÍNIMO POR DESCENDIENTES: CC.AA. ILLES BALEARS Y MADRIDSe han incorporado los mínimos autonómicos.
146380 - MÍN. DISCAP. CONTRIBUYENTE, ASCENDIENTE O DESCENDIENTE: CC.AA.Se han incorporado los mínimos autonómicos.
146422 - AYUDAS PÚBLICAS INCENDIOS VERANO 2022. DAÑOS PERSONALESCon efectos a partir del 28 de diciembre de 2022, están exentas las ayudas previstas en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, por daños personales ocasionados por los incendios que tuvieron lugar en verano de 2022.