Novedades publicadas en el INFORMA 2024
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147286 - REDUCCIÓN ARRENDAMIENTO VIVIENDA DESDE 26-5 A 31-12 DE 2023Se aclara cómo se aplican las reducciones al rendimiento del capital inmobiliario derivado del arrendamiento de viviendas, tras la entrada en vigor de la modificación del artículo 23.2 de la LIRPF, cuando los contratos se han celebrado desde el 26 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2023.
146409 - INCREMENTO GASTOS DE GUARDERÍA: REQUISITOSSe recoge el nuevo criterio jurisprudencial que permite aplicar la deducción en el caso de guarderías que dispongan de la autorización de apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores en guarderías, aun careciendo de autorización de la administración educativa competente. Sentencias 7/2024 y 8/2024, de 8 de enero, del T.S.
143867 - 1.1. POR REDUCCIÓN DEMANDA CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN. REQUISITOSCon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF y se amplía un año más el plazo para realizar las obras que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración. Las realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
143868 - 1.2. POR REDUCCIÓN DEMANDA CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN. ZENBATEKOACon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF y se amplía un año más el plazo para realizar las obras que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración. Las realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
143869 - 1.3. POR REDUCCIÓN DEMANDA CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN. PERÍODOCon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF, se amplía un año más el plazo para realizar las obras que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, hasta el 31 de diciembre de 2023 y se amplía un año más el plazo de la expedición del certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras, antes del 1 de enero de 2025.
143870 - 2.1. POR MEJORA CONSUMO ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE. REQUISITOSCon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF y se amplía un año más el plazo para realizar las obras que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable o permitan obtener una clase energética «A» o «B». Las realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
143871 - 2.2. POR MEJORA CONSUMO ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE. ZENBATEKOACon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF y se amplía un año más el plazo para realizar las obras en viviendas que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable o permitan obtener una clase energética «A» o «B». Las realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
143872 - 2.3. POR MEJORA CONSUMO ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE. PERÍODOCon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF se amplía un año más el plazo para realizar las obras que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable o permitan obtener una clase energética «A» o «B», hasta el 31 de diciembre de 2024, y se amplía un año más el plazo de la expedición del certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras, antes del 1 de enero de 2025.
143873 - 3.1. POR MEJORAS EN EDIFICIOS DE USO RESIDENCIAL. REQUISITOSCon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF y se amplía un año más el plazo para realizar las obras en edificios que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable o permitan obtener una clase energética «A» o «B». Las realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025.
143874 - 3.2. POR MEJORAS EN EDIFICIOS DE USO RESIDENCIAL. ZENBATEKOACon efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF y se amplía un año más el plazo para realizar las obras en edificios que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable o permitan obtener una clase energética «A» o «B». Las realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, la base máxima acumulada se mantiene en 15.000 €.
143875 - 3.3. POR MEJORAS EN EDIFICIOS DE USO RESIDENCIAL. PERÍODO (I)Con efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF se amplía un año más el plazo para realizar las obras en edificios que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable o permitan obtener una clase energética «A» o «B», hasta el 31 de diciembre de 2024, y se amplía un año más el plazo de la expedición del certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras, antes del 1 de enero de 2026.
143876 - 3.4. POR MEJORAS EN EDIFICIOS DE USO RESIDENCIAL. PERÍODO (II)Con efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del IRPF se amplía un año más el plazo para realizar las obras en edificios que permiten aplicar la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable o permitan obtener una clase energética «A» o «B», hasta el 31 de diciembre de 2025, y se amplía un año más el plazo de la expedición del certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras, antes del 1 de enero de 2026.
147258 - LÍMITES PARA LA APLICACIÓN DEL MÉTODO EO. PRÓRROGA EN 2024Se prorrogan para el período impositivo 2024 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.
147259 - RENUNCIA Y REVOCACIÓN EXPRESA. PLAZO PARA 2024Los plazos para realizar la renuncia y la revocación expresa al régimen de estimación objetiva se regulan por el artículo 5 de la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan los módulos para 2024, y se amplían por la DT 2ª del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, de forma similar a años anteriores.
147276 - MEDIDAS EXCEPCIONALES PRECIO GASÓLEO Y FERTILIZANTES 2022 A 2024Las actividades agrícolas y ganaderas podrán reducir el rendimiento neto previo también en 2024 en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes.
146227 - REDUCCIÓN DE LOS INDICES CORRECTORES PIENSOS/REGADÍO 2021 A 2024Por la sequía y el incremento de precios de los piensos y de la energía eléctrica se siguen manteniendo en 2024 las modificaciones que para 2021 se establecieron para las actividades agrícolas y ganaderas. El índice corrector por piensos adquiridos a terceros en el 0,5 y el índice por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica en el 0,75.
146226 - REDUCCIÓN RENDIMIENTO ACTIVIDADES ISLA DE LA PALMA 2022 A 2024Se mantiene para 2024 la reducción de los índices de rendimiento neto a los que se refiere la Orden de módulos para las actividades económicas que determinen su rendimiento por el método de estimación objetiva desarrolladas en dicha isla, de un 20%, por las erupciones volcánicas de 2021.
128006 - ÍNDICE CORRECTOR EMPRESAS PEQUEÑA DIMENSION: DOS TRABAJADORESLa magnitud consistente en un máximo de 2 trabajadores debe computarse en función del número de horas anuales fijado en el convenio colectivo correspondiente prorrateadas por trabajador, y no de forma nominal. Se cambia el criterio por la STS 1667/2023, de 13 de diciembre.
125647 - ÍNDICE CORRECTOR EMPRESAS PEQUEÑA DIMENSIÓN: PERSONAL ASALARIADOLa magnitud consistente en un máximo de 2 trabajadores debe computarse en función del número de horas anuales fijado en el convenio colectivo correspondiente prorrateadas por trabajador, y no de forma nominal. Se cambia el criterio por la STS 1667/2023, de 13 de diciembre.
125326 - CÓMPUTO DE CÓNYUGE E HIJOS MENORES AL 50 POR 100La magnitud consistente en un máximo de una persona asalariada debe computarse en función del número de horas anuales fijado en el convenio colectivo correspondiente prorrateadas por trabajador, y no de forma nominal. La Dirección General de Tributos cambia el criterio, también en este ámbito, a raíz de la STS 1667/2023, de 13 de diciembre, que se refiere al cómputo del índice corrector 0,90 de las empresas de pequeña dimensión.