9.8.2.2.8. Régimen especial “Juegos del Mediterráneo de 2017”
Los juegos del Mediterráneo 2017 tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
La duración del programa de apoyo a este acontecimiento será desde el 1 de enero de 2014 a hasta el 31 de diciembre de 2018.
Los contribuyentes podrán deducir de la cuota íntegra del impuesto el 15 por 100 de los gastos que, en cumplimiento de los planes y programas de actividades establecidos por el consorcio realicen de acuerdo con el art. 27.3 de la Ley 49/2002, en la redacción dada por la Disposición final segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre