Resoluciones sobre organización y atribución de competencias en las áreas de Gestión tributaria, Recaudación, Aduanas e Impuestos Especiales e Inspección de la Agencia Tributaria
Continuando el desarrollo aprobado por la Orden HAC/1324/2020, de 30 de octubre, por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y la Orden PCM/3/2021, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias, se aprueban las resoluciones que se indican más abajo por las que se procede a la nacionalización de ciertas competencias en las áreas de Gestión Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales.
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En Gestión tributaria de acuerdo con Orden PCM/3/2021, de 11 de enero, se nacionaliza la comprobación del Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real (los no residentes en España que tengan bienes o derechos en España a efectos del impuesto). Se busca con ello conseguir una mayor operatividad en las actuaciones.
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En Recaudación se crearán el Equipo Nacional de Enajenaciones, al objeto de reforzar la homogeneidad de las actuaciones, y el Equipo Nacional de embargos de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito y de embargos de créditos vinculados a terminales de punto de venta (TPV) y la Unidad Nacional de Actuaciones. Con ello se pretende crear una unidad especializada en cada uno de estos ámbitos para ganar en seguridad jurídica, homogeneidad de criterio, agilidad, operatividad y especialización. Estos órganos desarrollarán sus competencias en el ámbito nacional.
Del mismo modo, de acuerdo con la Orden PCM/3/2021, de 11 de enero, en materia de recaudación, se introducen como competencias del área las relativas al análisis de riesgos mediante herramientas informáticas y la selección de deudores. Se pretende concentrar esa labor, facilitando que las Delegaciones Especiales se dediquen a las actuaciones de control recaudatorio específicas en cada expediente.
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En Aduanas e Impuestos Especiales, tras haberse atribuido, en virtud de la Orden PCM/3/2021, de 11 de enero, la competencia en materia de autorizaciones aduaneras a un órgano central cuando en la autorización tenga que intervenir otro u otros Estados miembros, en esta Resolución se constituye un órgano dependiente del titular del Área, con la denominación Oficina Nacional de Gestión de Aduanas e Impuestos Especiales, en el que se integran esta competencia y las previstas en relación con los Impuestos Especiales con ello se persigue ganar en flexibilidad y operatividad.
- Resolución de 13 de enero de 2021,
de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria
- Resolución de 13 de enero de 2021,
de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribuciones de funciones en el Área de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Resolución de 13 de enero de 2021,
de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.