Balio Erantsiaren gaineko Zerga. Entrega de carburantes que abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero
En el BOE de 22 de diciembre se publican tres Órdenes Ministeriales con el objeto de prevenir, y en su caso combatir, el fraude en el mercado correspondiente a las entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero.
La primera Orden aprueba el modelo 319: Pago a cuenta del IVA correspondiente a las entregas de gasolinas,gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero.
La segunda aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables, en materia de garantías del ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a determinados carburantes que abandonan el régimen de depósito distinto del aduanero.
Por último, la tercera Orden establece los requisitos y los aspectos generales correspondientes a los avales a los que se refiere el apartado undécimo del anexo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que deben constituirse en garantía del ingreso del citado impuesto con ocasión de la entrega de determinados carburantes que abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero, y aprueba el modelo de aval.
- Orden HAC/1495/2025, de 17 de diciembre,
por la que se aprueba el modelo 319, «Pago a cuenta del IVA correspondiente a las entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
- Orden HAC/1496/2025, de 17 de diciembre,
por la que se aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y por la que se regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables, en materia de garantías del ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a determinados carburantes que abandonan el régimen de depósito distinto del aduanero.
- Orden HAC/1497/2025, de 17 de diciembre,
por la que se establecen los requisitos y los aspectos generales correspondientes a los avales a los que se refiere el apartado undécimo del anexo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que deben constituirse en garantía del ingreso del citado impuesto con ocasión de la entrega de determinados carburantes que abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero, y por la que se aprueba el modelo de aval.