Preguntas frecuentes
Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante claves concertadas (usuario más contraseña), sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios.
Se trata de una plataforma común para la identificación, autenticación y firma electrónica del ciudadano ante organismos de la Administración del Estado integrados en Cl@ve y los restantes que se adhieran.
Cl@ve permite que las aplicaciones de administración electrónica puedan definir el nivel de aseguramiento en la calidad de la autenticación que desean, en base a los datos que tratan y a la clasificación de seguridad siguiendo las recomendaciones del Esquema Nacional de Seguridad. El usuario puede entonces escoger el identificador que desea usar entre los disponibles para el nivel de aseguramiento requerido por la aplicación.
Cl@ve contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves concertadas (sistemas de usuario y contraseña) y certificados electrónicos (incluyendo el DNIe).
En lo que respecta a las claves concertadas, Cl@ve admite dos posibilidades de uso:
- Cl@ve ocasional o Cl@ve PIN: sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo, orientado a usuarios que acceden esporádicamente a los servicios, que se corresponde con el inicial sistema PIN24H de la AEAT.
- Cl@ve permanente (Cl@ve Personal): sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo, pero no ilimitada, orientado a usuarios habituales. Se trata del sistema de acceso mediante usuario y contraseña, reforzado con claves de un solo uso por SMS, a los servicios de Tu Seguridad Social.
Para poder utilizar estas claves concertadas, los ciudadanos deberán registrarse previamente en el sistema, aportando los datos de carácter personal necesarios.
Adicionalmente, Cl@ve está preparada para incorporar en el futuro, conforme se vayan integrando en el sistema de reconocimiento transfronterizo de identidades electrónicas previsto en la legislación europea, mecanismos de identificación de otros países de la Unión Europea.
Dentro del apartado “Cl@ve PIN” de la página web de la Agencia Tributaria, a través del icono “Portal Cl@ve” se puede consultar toda la información relativa al sistema.
Es una forma de identificación para realizar trámites por Internet con una validez limitada en el tiempo y que se puede renovar cada vez que se necesite. Este sistema de identificación electrónica está basado en el uso de una clave elegida por el usuario y un PIN comunicado mediante SMS.
Es obligatorio registrarse previamente en el sistema.
Ventajas que nos ofrece:
- Es muy sencillo, no es necesario recordar una contraseña de forma permanente.
- Su validez es limitada en el tiempo, lo que hace que sea más seguro.
El anterior sistema PIN24H queda integrado en el sistema Cl@ve PIN. Se trata de un sistema de identificación para personas físicas que permite realizar trámites en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Tiene una validez temporal limitada, ya que se puede utilizar tantas veces como se desee mientras no haya caducado. Desde que se solicita el PIN hasta que se utiliza no pueden pasar más de 10 minutos. Si pasa más tiempo, el PIN caduca y es necesario solicitar otro. El PIN obtenido vale para una única sesión de trabajo en la Sede electrónica de la AEAT en la que se podrán realizar varios trámites mientras no se cierre la sesión -es decir, mientras no se cierre el navegador -, o se deje inactiva durante 60 minutos.
En la página web de la Agencia Tributaria se señalan los trámites que permiten su utilización.
Consulte el vídeo explicativo Nuevo sistema de identificación y autenticación Cl@ve PIN disponible en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/videos.html
Es necesario darse de alta en el sistema. Puede hacerse mediante una de las siguientes opciones:
- En https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC27.shtml accediendo al menú "Todas las gestiones", y posteriormente a Otros servicios/Registro Cl@ve
A continuación se seleccionará cualquiera de los métodos disponibles para registrarse:
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Mediante el CSV (Código Seguro de Verificación) que figura en la carta de invitación al sistema que haya recibido de la AEAT. Si no se ha recibido ninguna, un enlace permite solicitarla. Para solicitar el envío de la carta invitación se consigna el DNI o NIE con la fecha de validez o de expediente respectivamente. En unos días se recibe en el domicilio fiscal la carta con el CSV que permite efectuar el registro de alta en el sistema.
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Mediante Certificado
o DNI electrónico.
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A través de videollamada, el ciudadano solicitará ser atendido mediante una videollamada por un operador de la Agencia Tributaria que, una vez contrastada la identidad del contribuyente, realizará el registro en Cl@ve.
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Acudiendo personalmente, previa solicitud de cita a una de las oficinas de la Agencia Tributaria, o a las acreditadas en el sistema Cl@ve del resto de la Administración.
Se deberá aportar el DNI o NIE, con la fecha de validez o de expedición respectivamente, proporcionar su número de teléfono móvil nacional o extranjero y una dirección de correo electrónico.
Los ciudadanos extranjeros deben acreditar su identidad con la presentación de la documentación expedida por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia: pasaporte o documento de viaje.
Para asegurar el estricto control por parte del usuario de los medios de identificación utilizados en el sistema, no se permitirá que el registro presencial sea realizado por una persona en representación de otra.
Se genera un documento con las condiciones de alta en el sistema para su aceptación (y el código para activar la contraseña para organismos que utilicen Cl@ve Permanente).
Consulte el vídeo explicativo Registro en el sistema Cl@ve con Código Seguro de Verificación disponible en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/videos.html
Tras el registro (una sola vez en cualquiera de los sitios acreditados) ya se puede utilizar el sistema Cl@ve PIN para los trámites con la Agencia Tributaria por Internet; podrá acceder con Cl@ve PIN en los trámites que dispongan de este tipo de identificación. Para ello, obtenga un PIN directamente desde el propio trámite bien sea desde el propio navegador o desde la aplicación Cl@ve PIN disponible para Android o IOS.
Una vez seleccionado como forma de identificación Cl@ve PIN:
- Aportar el DNI o NIE con su fecha de validez (válido hasta: dd/mm/aaaa) y la clave de 4 caracteres que se elija en ese momento.
- Se recibirá un mensaje SMS en el móvil un PIN de 3 caracteres o en la propia app, con un tiempo de validez limitado.
Se puede utilizar siempre que se necesite en www.sede.agenciatributaria.gob.es, pinchando en el banner "Cl@ve PIN” para pedir un nuevo PIN.
Consulte el vídeo explicativo Acceso e identificación con Cl@ve PIN (obtención de Cl@ve PIN) disponible en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/videos.html
El sistema de identificación Cl@ve PIN permite a las personas físicas realizar trámites con la Agencia Tributaria a través de Internet. Tiene una validez temporal limitada, ya que se podrá utilizar tantas veces como se desee, siempre que no haya caducado.
Desde que se solicita el PIN hasta que se utiliza no pueden pasar más de 10 minutos. Si pasa más tiempo, el PIN caduca y es necesario solicitar otro nuevo.
El PIN obtenido será válido para una única sesión de trabajo en la sede electrónica de la AEAT, en la que se podrán realizar varios trámites mientras no se cierre la sesión (no se ha cerrado el navegador) o se deje inactiva durante 60 minutos.
Puede solicitarse el PIN cada vez que se necesite. Los trámites disponibles en www.sede.agenciatributaria.gob.es muestran el icono Cl@ve PIN y son, entre otros:
Relacionados con la declaración de Renta
- Visualizar los datos fiscales a través de Internet a partir del 5 de abril de 2017.
- Modificar el borrador previamente generado a través de Internet, de 5 de abril a 30 de junio de 2017.
- Confirmar el borrador a devolver, negativo y a ingresar con domiciliación (hasta el 26 de junio) y sin domiciliación (cargo en cuenta, hasta el 30 de junio), y renunciar a la devolución, de 5 abril a 30 de junio de 2017.
- Confirmar el borrador con resultado a ingresar con reconocimiento de deuda (en caso de imposibilidad de pago, con solicitud de aplazamiento o solicitud de compensación).
- Confirmar el borrador con renuncia a la devolución.
- Descargar y trasladar los datos fiscales y personales de forma automática para confeccionar la declaración con el programa Renta WEB.
- La posibilidad de presentar la declaración de Renta y Patrimonio.
- Concertar, consultar, modificar y anular la cita previa para Renta desde el 4 de mayo al 29 de junio de 2017 a través de Internet.
- Consultar el estado de su devolución.
- Cambiar la cuenta bancaria para la devolución.
Otros trámites
- Presentar autoliquidaciones y declaraciones informativas.
- Obtener certificados tributarios.
- Modificar el domicilio fiscal.
- Solicitar aplazamiento/fraccionamiento de deudas
- Acceso a “Mis expedientes” y consultar el estado de tramitación de los expediente
- Consultar deudas
En resumen, permite utilizar todas las opciones de la sede electrónica de la Agencia Tributaria dirigidas a contribuyentes personas físicas para las que la normativa permita el uso de firma electrónica no avanzada.
Sí lo es. Se recomienda, dada su mayor comodidad, el uso de la aplicación Cl@ve PIN para dispositivos móviles que está disponible para su descarga gratuita. Busque “Clave PIN” en su correspondiente App Store para su dispositivo Android o IOS y descargue la aplicación. Asimismo se incorpora en la app de la AEAT acceso directo a la opción de obtención de Cl@ve PIN.
Consulte los vídeos explicativos Aplicación móvil Cl@ve PIN (Android) y Aplicación móvil Cl@ve PIN (IOS) disponibles en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/videos.html
Si el resultado de la autoliquidación es a ingresar, el contribuyente dispone de dos opciones:
- No domicilia el pago: se puede efectuar con Cl@ve PIN vía pasarela de pagos. Conectará con la Sede electrónica y procederá a transmitir la autoliquidación sin firma electrónica avanzada mediante la consignación del NIF + NRC + Código de acceso (Clave +PIN).
- Sí domicilia el pago: conectará con la Sede electrónica, cumplimentará el formulario e introducirá el código IBAN y transmitirá la autoliquidación mediante la consignación de NIF + Código de acceso (Clave +PIN).
El PIN tendrá una longitud de 3 caracteres alfanuméricos y lo genera la Agencia Tributaria.
El PIN más la clave aportada por el contribuyente para la solicitud del mismo, configura el código de acceso que permite efectuar los trámites por vía telemática.
Si un contribuyente recibe un código Cl@ve PIN que no ha solicitado, alguien podría estar intentando suplantarle. No debe preocuparse, porque el PIN se envía exclusivamente al número de móvil registrado, por lo que usted será el único que podrá acceder en su nombre en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Si la situación se repite, debe ponerse en contacto con la Agencia Tributaria para informar de la anomalía.
- Extender la tramitación electrónica a todos aquellos contribuyentes con dificultades para la gestión de los certificados electrónicos.
- Extender la tramitación electrónica en dispositivos móviles que no admitan la firma electrónica con certificados electrónicos.
- Sencillez para el usuario: No hay que recordar ninguna contraseña permanente. La probabilidad de olvido aumenta cuanto menor es la frecuencia de las transacciones, como sucede en las relaciones con las Administraciones públicas en general y con la Agencia Tributaria en particular, lo que obliga a tener que renovarlo cada vez que se necesita. Se trata de un código de acceso sencillo de 7 posiciones alfanuméricas (Clave de acceso +PIN).
- Utilizar un sistema que ofrece mayores garantías frente a otros sistemas más básicos como los basados en usuario y contraseña. Estas garantías se consiguen utilizando un sistema de autenticación basado en dos pasos, que introduce el teléfono móvil como segundo factor de autenticación. Este tipo de sistemas de autenticación basado en dos pasos están siendo adoptados por otros servicios electrónicos, como por ejemplo: pago electrónico, redes sociales, etc. Por tanto, no solo se basa en la fortaleza y secreto de un PIN, sino que exige tener el teléfono móvil, el DNI y una clave personal.
- Un sistema más seguro, porque frente a los sistemas de contraseña, se fuerza la caducidad de las contraseñas acercándonos a un sistema de contraseña de un solo uso. Evita el robo de contraseñas por parte de ciberdelincuentes, pues no hay que almacenar el PIN durante un largo periodo.
- Posibilidad de ser usado por otros organismos de las Administraciones públicas.
- Este sistema amplía el colectivo de contribuyentes que pueden obtener el producto del borrador/datos fiscales de IRPF de forma telemática, pues del servicio RENØ o número de referencia está excluido un colectivo de contribuyentes por motivo de seguridad (entre otros, separaciones de hecho).
- Además, se puede usar en múltiples servicios de la AEAT, no ciñéndose exclusivamente a Renta, como ocurre con la referencia del borrador.
- Los contribuyentes van a poder realizar las mismas gestiones que en años anteriores han podido realizar con el Número de Referencia (RENØ).
- Se puede efectuar el ingreso a través del código Cl@ve PIN, directamente sin necesidad de domiciliación, al considerarse un sistema seguro para la utilización de la pasarela de pagos con las entidades colaboradoras.
Es una modalidad de identificación que permite acceder a determinados servicios electrónicos de la Administración por medio de un identificador (número de DNI o NIE del usuario) y una contraseña que debe ser custodiada por el ciudadano. Tiene una validez duradera en el tiempo pero no ilimitada, y está orientada a usuarios habituales.
Para empezar a utilizar Cl@ve permanente hay que realizar previamente la activación de usuario, proceso en el que se establece la contraseña de acceso.
Para la activación del usuario se necesita:
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El código de usuario (DNI o NIE).
- La dirección de correo electrónico que se utiliza como dato adicional de contraste.
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El código de activación que se entrega en el acto de registro en el sistema.