Impuesto sobre Hidrocarburos
Conoce el impuesto que grava los combustibles y carburantes
Ámbito objetivo y ámbito territorial interno
Están sujetos al Impuesto sobre Hidrocarburos, los productos energéticos que se detallan en el artículo 46 de la Ley de Impuestos Especiales.
Los productos objeto del Impuesto sobre Hidrocarburos que se enumeran en el artículo 46 de la Ley de Impuestos Especiales tienen una composición química muy variada, y se presentan tanto en estado líquido como gaseoso. En general, incluyen aquellos productos (salvo el carbón y otros hidrocarburos sólidos) que se destinan a ser utilizados como combustible (con fines de calefacción) o como carburante (con fines de combustión en cualquier tipo de motor).
Los principales productos energéticos que se someten a gravamen por el Impuesto sobre Hidrocarburos incluyen:
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Gasolinas
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Querosenos
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Gasóleos
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Fuelóleos
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Gases licuados de petróleo (GLP)
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Gas natural
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Biocarburantes y biocombustibles, cuando se destinan a su utilización como carburante o combustible.
Ámbito territorial interno
El Impuesto Especial sobre Hidrocarburos se aplica únicamente en Península e Islas Baleares.
No resulta de aplicación en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.