Autoliquidaciones
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Cómo realizar el pago de autoliquidaciones en nombre propio
Una vez confeccionada la declaración con resultado a ingresar que desea presentar electrónicamente, y conocido por tanto el importe de la deuda, acceda a la opción de pago Autoliquidaciones y elija la forma de pago (mediante cargo en cuenta o tarjeta). Tenga en cuenta que deberá operar con una Entidad Colaboradora adherida al sistema.
Si selecciona el pago mediante tarjeta, primeramente seleccione la entidad financiera con la que va a gestionar el pago, dispone de un listado pulsando el botón "Ver Entidades adheridas", una vez seleccionada pulse "Acceptar selección". Tenga en cuenta que esta opción no está disponible con Cl@ve PIN.
Otra alternativa para obtener el NRC es enlazar con la pasarela de pago utilizando el botón "Realizar pago (Obtener NRC)" que se habilitará en el formulario o programa para la presentación de la declaración al seleccionar la forma de pago que suponga un ingreso, ya sea parcial o total.
En ese momento se solicitará la identificación con la forma de acceso: certificado/DNI electrónico o Cl@ve PIN. Escoja el modelo que va a presentar en el listado de modelos disponibles en el desplegable. Después pulse "Aceptar datos y Continuar".
Introduzca los datos en el formulario y pulse el botón "Enviar". Tenga en cuenta que si accede con Cl@ve PIN no se permite el pago con apoderamiento en la cuenta del obligado.
Compruebe que los datos introducidos son correctos ya que una vez realizado el ingreso no podrá anularlo por internet. Al pulsar "Enviar" aparecerá un aviso indicando que, una vez que haya obtenido el NRC deberá continuar con la presentación de la correspondiente declaración (excepto el modelo 102).
A continuación se mostrará una ventana con los datos codificados de la información que se va a enviar. Marque la casilla "Conforme" y haga clic en "Enviar" para confirmar el pago.
Si todo es correcto podrá ver en pantalla el NRC asignado. Se trata de un código de 22 caracteres que facilitan las Entidades Colaboradoras como justificante del pago para presentaciones a través de internet. En está página dispondrá de 2 opciones:
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"Imprimir Justificante de Pago": visualizará el recibo del cargo en cuenta con un resumen de los datos del pago.
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"Realizar Declaración": mediante esta opción enlazará con el trámite de la Sede para el que ha obtenido el NRC para finalizar la presentación.
Recuerde que si no dispone de certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN tiene otras alternativas para obtener el NRC:
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Acudir a una oficina de su Entidad Bancaria y facilitar todos los datos relativos a la autoliquidación. No necesita aportar ningún modelo, sólo los datos que se utilizan para la generación del NRC y que son los mismos que se le solicitan para hacer el pago a través de la página web de la AEAT (modelo, ejercicio, periodo, NIF declarante, apellido e importe exacto del ingreso).
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Mediante el servicio de banca electrónica si la Entidad Bancaria le ofrece esta posibilidad.
Si está realizando el pago para otra persona tenga en cuenta que para poder obtener el NRC a través de la pasarela de pagos de la AEAT deben coincidir el titular del certificado y el titular de la cuenta como ordenantes del pago, pero el NIF que se facilite a la Entidad Colaboradora para obtener el NRC será siempre el del declarante u obligado tributario
La solicitud puede ser:
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Individual:
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sólo hay una persona con derecho a la deducción por familia numerosa.
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hay más de una persona con derecho a la deducción y, cada una de ellas solicita el abono anticipado al que tienen derecho.
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Colectiva: hay más de una persona con derecho a la deducción y, todas ceden su derecho a favor de una de ellas. Ésta será la que reciba el abono anticipado.
Presenta el modelo 143 para:
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Solicitar el abono anticipado a partir del momento en el que cumplas los requisitos.
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Comunicar variaciones que afectan al cobro anticipado o, si incumples alguno de los requisitos necesarios para percibirlo.
Para presentarlo todos los solicitantes y los descendientes o¿los descendientes con discapacidad? que incluyas en la solicitud deben tener un NIF. Además, deben tener el título de familia numerosa en vigor.
El abono anticipado lo percibirás mensualmente mediante transferencia.
Presenta el modelo 121
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si no estás obligado a declarar;
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no has presentado una solicitud colectiva;
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y quieres ceder el derecho a otra persona con derecho a la deducción por el mismo ascendiente.
Si el abono anticipado percibido es mayor que la deducción a la que tienes derecho regulariza esta situación:
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en la declaración de IRPF;
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con el modelo 122 (si no estás obligado a declarar).
Pago en nombre de terceros desde la cuenta de titularidad del obligado tributario
Para las operaciones de pago mediante cargo en cuenta, desde la entrada en vigor de la Resolución de 3 de junio de 2009, es posible realizar el pago a través de la página web de la AEAT en una cuenta de titularidad del obligado y que la orden de adeudo sea realizada por una persona distinta de éste.
Si está realizando el pago en nombre de un tercero utilizando la cuenta bancaria del titular de la declaración (obligado al pago), Ud. como ordenante debe estar apoderado por el obligado a realizar esta operación.
El registro de este apoderamiento puede realizarse a través de internet siempre que el poderdante (que deberá ser el obligado tributario) disponga de certificado electrónico y sea persona física. El apoderamiento concreto para realizar este tipo de trámites es PAGOAPODECCC - Pago mediante cargo en cuenta, que se incluye dentro del apartado "Otros trámites específicos" en la "Relación de trámites habilitados para el apoderamiento", en "Registro de apoderamientos", Información", "Ámbito y extensión", "¿Qué trámites se pueden apoderar por internet?
Para realizar el pago en nombre de un tercero deberá marcar en el formulario la casilla "Pago con apoderamiento en la cuenta del obligado", justo debajo de los datos de la Entidad Financiera.