Entidades en régimen de atribución de renta
Qué entidades comprende, qué las caracteriza, y cuáles son las obligaciones
Obligaciones de la entidad
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Presentar declaraciones censales para:
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darse de alta en el censo y obtener el NIF
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presentar la declaración de cese
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renunciar a la estimación objetiva, a la estimación directa simplificada, al simplificado del IVA o revocar las renuncias
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realizar las modificaciones que procedan en las declaraciones presentadas.
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Llevar la contabilidad y/o los libros registros que sean obligatorios para la actividad que realicen.
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Emitir facturas.
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Realizar retenciones o ingresos a cuenta.
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Determinar la renta atribuible y los pagos a cuenta.
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Presentar las declaraciones de IVA.
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Presentar las declaraciones de operaciones con terceros (Modelo 347).
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Presentar, durante el mes de enero, la declaración informativa anual (Modelo 184):
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cuando ejerzan una actividad económica
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o cuando las rentas excedan de 3.000 € anuales.
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Notificar por escrito a sus miembros, en el plazo de un mes desde que finaliza el plazo para presentar el Modelo 184, la siguiente información:
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el importe total de las rentas obtenidas por la entidad y la renta atribuible a cada uno de sus miembros
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las bases de las deducciones
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y, el importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y los atribuibles a cada uno de sus miembros.
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