Gestiones destacadas regimen fiscal trabajadores desplazados
Modelo 149. IRPF. Régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español. Comunicación de la opción, renuncia o exclusión
Gestiones
Permite a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español la comunicación de la opción, renuncia, exclusión y fin del desplazamiento
Los contribuyentes que deseen ejercitar la opción de tributar por este régimen especial deberán tener NIF y estar incluidos en el Censo de Obligados Tributarios. En caso contrario, solicitarán previamente el alta en dicho Censo mediante la presentación de la declaración censal correspondiente. Antes de presentar el modelo 149 de comunicación de la opción, debe acceder al trámite específico “Aportar documentación necesaria para optar por el régimen especial” para el envío por vía electrónica por internet de la documentación que debe acompañarse a esa comunicación (modelo 149). El número de registro del envío de esa documentación debe constar en el correspondiente modelo 149 de opción por el régimen. La comunicación de la opción se efectuará de forma individual por cada contribuyente y la comunicación de la opción por el contribuyente principal se realizará con anterioridad a la de sus contribuyentes asociados.