Novedades 2019
Saltar índice de la información04-12-2019 Documento de validaciones y errores: flexibilización de las validaciones establecidas para los tipos de facturas rectificativas por sustitución "R2" y "R3"
A partir del 10/12/2019, se va a proceder a flexibilizar las validaciones establecidas para el registro de los tipos de facturas rectificativas por sustitución “R2” y “R3”, que tienen por causa el concurso de acreedores del cliente (art. 80.Tres) y el impago de la operación (art. 80.Cuatro LIVA) respectivamente, con el objeto de adaptarlas a la interpretación realizada por la Dirección General de Tributos en varias de sus consultas vinculantes (entre ellas, la consulta V2246-08).
Según el criterio emitido por la Dirección General de Tributos en dichas consultas, en estos casos se debe expedir una factura rectificativa (“R2” o “R3”) en la que se mantenga el dato relativo a la base imponible en los términos en que se procedió a la expedición del documento original, consignando corregido el dato de cuota tributaria que se deja de repercutir al cliente precisamente como consecuencia de la modificación de la base imponible, dejando claro que dicho dato se hace igual a cero.