7.1.4. Fecha y firma
Atención no olvide firmar la declaración antes de presentarla, así como el documento de ingreso o devolución (modelo 100). La falta de firma puede ocasionar molestias innecesarias y, en el caso de que el resultado de la liquidación sea una cantidad a devolver, retrasar su devolución.
A) DECLARACIÓN INDIVIDUAL
Si se trata de tributación individual, la declaración deberá ser firmada por el contribuyente.
B) DECLARACIÓN CONJUNTA
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Cuando se trate de la 1ª modalidad de unidad familiar (integrada por ambos cónyuges), la declaración deberá ser firmada por ambos cónyuges («Primer declarante» y «Cónyuge»), actuando en nombre propio y en representación, en su caso, de los hijos miembros de la unidad familiar.
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Cuando se trate de la 2ª modalidad de unidad familiar (en caso de separación legal o inexistencia de matrimonio), la declaración deberá ser firmada por el «Primer declarante», actuando en nombre propio y en representación de los hijos miembros de la unidad familiar.