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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2018

8.12.1.2. Forma de realizar la declaración complementarias del 2018

La nueva declaración (complementaria) recogerá la totalidad de los datos que deban ser declarados, incorporando, junto a los correctamente reflejados en la declaración originaria, los de nueva inclusión o modificación.

Una vez determinada la cuota diferencial resultante de la nueva liquidación, se restará de la misma el importe que se ingresó en la declaración originaria, si ésta fue positiva, o bien se le sumará la devolución percibida, si resultó a devolver; el resultado obtenido es la cuota que deberá ser ingresada como consecuencia de la declaración complementaria.

Los cálculos realizados por el programa se recogerán en el apartado "O" de la página 18 de la declaración y en el documento de ingreso (modelo 100).

CUMPLIMENTACIÓN 

Si la declaración complementaria calculada resulta una cantidad a devolver inferior a la solicitada en la anterior declaración y esta devolución no ha sido acordada por la agencia tributaria, marque únicamente la casilla 107, y no marque ninguna de las siguientes casillas, aunque si esté en alguno de los supuestos que puedan indicar.

  1. Deberá marcar con una "X" la casilla o casillas que corresponda a la de la declaración complementaria de que se trate:

    Casilla 108 Si ha percibido atrasos de rendimientos del trabajo con posterioridad a la presentación de la anterior declaración del ejercicio 2018. 

    Casilla 109 Deberá marcar esta casilla si ha percibido cantidades por la clausula suelo, cuando, en el mismo ejercicio 2018, los ha consignado como gasto deducible de rendimientos de capital inmobiliario, o actividad económica.

    Casilla 110 cuando deba presentar declaración complementaria del ejercicio 2018 por haber perdido la condición de contribuyente por cambio de residencia al extranjero, salvo los contribuyentes que estén en el caso del siguiente supuesto de la casilla 111.

    Casilla 111 En el caso que se produzca un traslado de residencia a otro estado de la Unión Europea, y se opta por imputar las rentas pendientes a medida que se obtengan.

    Casilla 112 Declaración complementaria por cambio de residencia al extranjero, que generen ganancias patrimoniales.

    Casilla 113 Declaración complementaria por la pérdida de la condición de residente, en el ejercicio 2018, del socio al que le haya sido de aplicación el régimen especial de canje de valores  o de fusiones y excisiones previstos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

    Casilla 114 Complentaria si se ha producido cambio de residencia a otra Comunidad Autónoma y no tenga por ello efectos

    Casilla 115 Cuando se ha realizado, en el ejercicio 2018 disposición anticipada de derechos consolidados de sistemas de previsión social.

    Casilla 116 Cuando el titular del patrimonio protegido de personas con discapacidad a dispuesto de bienes o derechos de aportaciones realizadas en el ejercicio 2018.

    Casilla 117 Cuando se han incumplido las condiciones necesarias para poder aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual y entidades de nueva o reciente creación, declaradas en en ejercicio 2018.

    Casilla 118 Cuando se ha incumplido las condiciones que se asumieron en la aplicación de la exención por reinversión en rentas vitalicias, o bien anticipación total o parcial de los derechos económicos derivados de aquellas rentas vitalicias.

    Casilla 119 Cuando se ha incumplido el plazo del mantenimiento de las acciones en, al menos, tres años, entregadas a los trabajadores.

    Casilla 120 Cuando se declaro exenta una indemnización por despido o cese en el ejercicio 2018, y que con posterioridad se produce la pérdida de dicha exención.

    Casilla 121 tcuando se adquieran elementos patrimoniales, valores o participaciones homogeneos que impudan computar la pérdida patrimonial inicialmente consegnada en la declaración de ejercicio 2018.

    Casilla 122 Debera marcar esta casilla cuando el motivo de la declaración complenetaria es distinto a los reflejados en las casillas 108 a 121.

    Resultado de las anteriores autoliquidaciones correspondientes a 2018:

    Se consignará además en la casilla que proceda, la cantidad a ingresar de la anterior declaración, ó si la declaración originaria resultó a devolver (excepto cuando haya procedido marcar la casilla 107) el importe de la devolución siempre que ésta ya haya sido efectuada por la Administración Tributaria.

  1. 8.12.1.2.1. Declaraciones complementarias sin sanción ni intereses ni recargo alguno
  2. 8.12.1.2.2. Declaraciones complementarias con inclusión de intereses de demora
  3. 8.12.1.2.3. Fraccionamiento en los supuestos de fallecimiento y de pérdida de la residencia en España
  4. 8.12.1.2.4. Tipo de gravamen