Cuestiones específicas sobre tributación de otras rentas, sin convenio
Tributación correspondiente a rentas distintas de las derivadas de inmuebles
Rendimientos del capital mobiliario
Con carácter general, no existiendo convenio, los no residentes que obtengan intereses o dividendos en territorio español, deberán tributar al tipo de gravamen vigente en el año en que se haya devengado el rendimiento (ver cuadro).
La base imponible es, en general, el importe íntegro percibido.
No obstante, tratándose de contribuyentes residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea, en relación con los rendimientos obtenidos desde el 1 de enero del 2010, o en el Espacio Económico Europeo con efectivo intercambio de información tributaria (con efectos desde 11 de julio de 2021, las referencias normativas a efectivo intercambio de información tributaria hay que entenderlas efectuadas a la existencia de normativa sobre asistencia mutua en materia de intercambio de información tributaria), en relación con los rendimientos obtenidos desde el 1 de enero del 2015, para la determinación de la base imponible podrán deducir los gastos previstos en la Ley del IRPF, si son personas físicas, o en la Ley del IS si son entidades, siempre que se acredite que están directamente relacionados con los rendimientos).
Año de devengo | 2010-2011 | 2012-2014 | 2015 | 2016 y ss | |
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Tipo impositivo | 19% | 21% | Hasta 11-07-2015: 20% |
Desde 12-07-2015: 19,50% |
19% |
No obstante, en ese ámbito existen bastantes exenciones, pudiéndose indicar, entre otras, las siguientes:
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Intereses de la Deuda Pública.
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Intereses percibidos por residentes en otros Estados de la Unión Europea o, desde 1 de enero de 2021, del Espacio Económico Europeo (EEE) con efectivo intercambio de información tributaria (con efectos desde 11 de julio de 2021, las referencias normativas a efectivo intercambio de información tributaria se entienden efectuadas a la existencia de normativa sobre asistencia mutua en materia de intercambio de información tributaria).
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Intereses de las cuentas de no residentes.