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Eurofisc

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto sobre el consumo que grava la compra de bienes y la prestación de servicios en toda la Unión Europea (UE). Es un impuesto armonizado, que significa que la UE cuenta con normas generales sobre el IVA, pero su aplicación puede variar en cada país. Existe un hecho imponible, las operaciones intracomunitarias, que son aquellas transacciones comerciales que tienen lugar entre dos empresas o profesionales de Estados miembros diferentes de la UE , es decir, proveedor y cliente están situados en distintos Estados miembros, en los que se ha de ingresar el IVA de la operación, normalmente, en el Estado miembro de destino. Por tanto, para verificar que la operación está bien declarada e ingresada es necesaria una cooperación entre Estados miembros. 

Además, el IVA es un impuesto que genera una parte importante de los ingresos de los presupuestos nacionales y, a la vez, es recurso propio de la Unión; aproximadamente el 10% de los ingresos del presupuesto comunitario proceden de un porcentaje de la recaudación estimada de IVA transferido por los Estados miembros. 

Es tal su importancia recaudatoria que la Comisión Europea hace público, desde hace unos años, el estudio y el dato de la brecha del IVA (VAT gap), que es la diferencia global estimada entre los ingresos teóricos previstos en concepto de IVA y el importe realmente recaudado en cada Estado miembro. Las razones son variadas, pero una de ellas es el fraude de IVA, especialmente el fraude del operador desaparecido, en el que organizaciones criminales abusan de la normativa europea de transacciones transfronterizas entre Estados miembros, que están exentas del IVA Por ello, en 2024, por primera vez, la Comisión hizo público un estudio de la brecha de IVA estimada de este tipo de fraude, basado en metodología Intrastat.

Como Europa es un mercado único con operaciones entre Estados miembros y el IVA es un impuesto importante a efectos recaudatorios, tiene gran relevancia la cooperación administrativa entre los Estados miembros para facilitar el cumplimiento y luchar contra el fraude en el IVA .

La norma principal es el Reglamento ( UE ) nº 904/2010 del Consejo, de 7 de octubre de 2010, relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del IVA . Se regula la cooperación entre autoridades tributarias y también entre éstas y cuerpos y fuerzas de seguridad como Europol (Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial) y OLAF (Oficina Europea de Lucha contra el Fraude).

Una figura clave en esta cooperación es Eurofisc (1), la red de los expertos en la lucha contra el fraude de IVA de los 27 Estados miembros, llamados funcionarios de enlace Eurofisc, Noruega se ha unido desde 2018 (2).

En mayo de 2026, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (ECOFIN) ha alcanzado un acuerdo provisional sobre la modificación de este Reglamento para reforzar la lucha contra el fraude del IVA en la UE mediante el aumento de la cooperación entre los Estados miembros, la Fiscalía Europea y la OLAF .  El nuevo marco dará a la Fiscalía Europea y a la OLAF un acceso más directo a datos clave sobre el IVA en transacciones comerciales transfronterizas en la UE , en particular información en poder de Eurofisc.  La nueva normativa entrará en vigor en los próximos meses tras el dictamen del Parlamento Europeo y la adopción formal por el Consejo.

El objetivo de Eurofisc es prevenir e investigar el fraude del IVA intracomunitario. Los funcionarios de enlace Eurofisc de los Estados miembros intercambian alertas de forma rápida y selectiva.  Tratan y analizan conjuntamente la información de aquellos operadores que, actuando de manera planificada y coordinada, tanto a nivel nacional como europeo, abusan de la normativa que regula las operaciones intracomunitarias para dejar de ingresar el IVA en los Estados miembros en los que se produce el consumo de los bienes y servicios. Son competentes para coordinar acciones de seguimiento y de investigaciones administrativas acerca de los fraudes identificados.

Eurofisc tiene acceso a las declaraciones recapitulativas de operaciones intracomunitarias presentadas en los Estados miembros; a la información completa de vehículos matriculados en la Unión Europea; y a datos aduaneros sobre importaciones en la UE exentas de UE . Su objetivo es verificar si se ingresa correctamente el IVA en el Estado miembro de adquisición o de consumo.

Eurofisc utiliza un sistema electrónico, la herramienta Transaction Network Analysis (TNA), para intercambiar rápidamente y procesar conjuntamente los datos del IVA . TNA permite a Eurofisc detectar redes sospechosas con mayor antelación y eficiencia.

Desde 2024 existe y Eurofisc tiene acceso a la nueva base de datos europea, CESOP , el Sistema Electrónico Central de Información sobre Pagos, que contiene los pagos transfronterizos declarados por los proveedores de servicios de pago, que son aquellos en los que han intervenido, cuando el ordenante esté ubicado en un Estado miembro y el beneficiario esté ubicado en otro Estado miembro o no esté ubicado en la UE . Esta información permite identificar y combatir con mayor facilidad y precisión las conductas fraudulentas en el sector del comercio electrónico.

Los funcionarios de enlace Eurofisc pertenecen y son responsables únicamente ante sus administraciones nacionales. No obstante, la acción de Eurofisc la financia la UE a través del programa Fiscalis, iniciativa para la cooperación en materia de fiscalidad.

A través de ese programa se financian los Sistemas de Información Europeos, como TNA y CESOP , tanto su desarrollo, como el mantenimiento, explotación y control de calidad. Fiscalis financia acciones conjuntas, consistentes fundamentalmente en reuniones de los funcionarios de enlace de todos los Estados miembros y Noruega, que pueden ser presenciales o por videoconferencia, para intercambiar conocimientos, experiencias y buenas prácticas entre ellos. Por último, el programa cubre las necesidades de formación en temas prácticos o el uso de herramientas.

Los funcionarios de enlace Eurofisc de los 27 Estados miembros cooperan entre sí y luchan contra el fraude transfronterizo del IVA en la Unión Europea. Su acción, financiada con el presupuesto europeo, mejora los vínculos entre los Estados miembros y contribuye a aumentar la eficiencia del sector público, repercutiendo, por tanto, positivamente en los ciudadanos europeos.

(1) Regulada en los artículos 33 a 37 del Reglamento (UE) 904/2010. (Volver)

(2) Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del IVA de 2018. (Volver)