Análisis
Ver históricoLa Agencia Tributaria tiene establecidos como objetivos estratégicos fundamentales y permanentes desde su creación tanto la prevención como la lucha contra el fraude fiscal.
Con anterioridad al sistema de pensiones de la Seguridad Social vigente en la actualidad, la previsión social en nuestro país estaba organizada a través de diversas mutualidades con diferente naturaleza. En síntesis, mutualidades laborales (entidades gestoras de la Seguridad Social), mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la Seguridad Social y mutualidades complementarias a la Seguridad Social.
El marco normativo delimitador de la competencia territorial en la Inspección Tributaria viene delimitado por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante LGT), por el Reglamento general de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (en adelante RGAT) y por las normas de organización de la Administración Tributaria.
Recientemente la Sala Cuarta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado Sentencia, de fecha 22 de febrero de 2024, en el asunto C-674/22, en la que resuelve una petición de decisión prejudicial planteada sobre la interpretación del Derecho de la Unión, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Rechtbank Gelderland (Tribunal de Primera Instancia de Güeldres, Países Bajos), en el procedimiento que se seguía entre el Ayuntamiento de Dinkelland, (Países Bajos) y el Ontvanger van de Belastingdienst/Grote ondernemingen, kantoor Zwolle (Organismo de Recaudación Tributaria/Grandes Empresas, oficina de Zwolle, Países Bajos), en relación con la denegación, por esta última administración, del abono de intereses compensatorios al Ayuntamiento de Dinkelland sobre un importe del IVA que le fue devuelto.
La Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, incorporó el artículo 95 bis, que habilita a la Administración a difundir un listado de incumplidores por deudas o sanciones a la Hacienda Pública española, y que se configura como una excepción al principio general de confidencialidad de los datos tributarios.
Como es sabido, el pasado día 6 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación; todo ello en desarrollo directo de la nueva letra j) introducida en el artículo 29.2.j) de la LGT, por medio de la ley 11/2021, de 9 de julio, de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Las estadísticas tributarias publicadas recientemente permiten empezar a tener una visión completa de lo que fue el año 2023. En el último mes se han conocido los datos de diciembre de ventas, empleo y salarios de las Grandes Empresas y del comercio exterior, y los datos del cuarto trimestre de ventas, empleo y salarios de las Grandes Empresas y de las pymes societarias. Estas últimas cierran también el ejercicio para el Observatorio de márgenes empresariales. Asimismo, se ha completado la información anual en la Estadística del Impuesto de Matriculación de Vehículos Automóviles. Falta por conocer la información sobre la recaudación de diciembre que, como es habitual, se publicará a finales de marzo.
En los últimos años se ha puesto de manifiesto la necesidad de disponer de información relativa a la transformación que está experimentando la economía debido principalmente a la digitalización. Las Administraciones Tributarias, conscientes de la importancia de la información nacional e internacional, van tratando de consensuar modelos de obtención de información que faciliten el intercambio entre Administraciones Tributarias.
En cualquier ámbito en el que se utilice un lenguaje técnico existe siempre un debate entre la necesaria comprensión que debemos facilitar en el receptor y la imprescindible necesidad de precisión que exige la buena praxis del emisor. Dicho esto, y en la medida en que la sociedad nos está exigiendo un esfuerzo de simplificación que mejore la comunicación con los ciudadanos, la Agencia Tributaria lo recogió ya como uno de sus objetivos en la planificación estratégica de 2020-2023.
La misión fundamental de la Agencia Tributaria es promover y asegurar la correcta aplicación del sistema tributario. Para cumplir con este cometido, la Agencia debe llevar a cabo una serie de acciones que garantizan y facilitan el pago de deudas tributarias, así como la ejecución de procedimientos de cobro, tanto para las deudas de naturaleza tributaria como para otras deudas cuya gestión ha sido encomendada a la Agencia Tributaria.