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El Servicio de Vigilancia Aduanera

El Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA) es una institución ligada tradicionalmente a la lucha contra el contrabando de tabaco. Así, sus orígenes históricos se encuentran en los cuerpos que dependiendo o bajo la supervisión de la Hacienda Real, tuvieron la citada misión con diversas denominaciones, estructuras y adscripciones orgánicas: Resguardo (marítimo y terrestre), Servicio Especial de Vigilancia Terrestre y Marítima de la Compañía Arrendataria de Tabacos, Servicio Especial de Vigilancia Terrestre y Marítima de Tabacalera S.A. o Servicio Especial de Vigilancia Fiscal. Es en 1982 cuando recibe su denominación actual tras la aprobación del Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero, por el que se reestructura y adscribe el Servicio de Vigilancia Aduanera directamente al Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales.

Actualmente, el SVA está integrado en la Agencia Tributaria a nivel central, a través de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera, que depende orgánica y funcionalmente del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.

En cuanto a organización, la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera está compuesta a nivel central por la Subdirección General de Operaciones (responsable de la planificación, ejecución y coordinación de la actividad operativa) y la Subdirección General de Logística (responsable de la dirección tecnológica, supervisión y control de los medios empleados y de otros aspectos relacionados con la calidad de las actuaciones y procedimientos).

A nivel territorial, las Áreas Regionales de Vigilancia Aduanera se integran orgánicamente en las Delegaciones Especiales de la AEAT bajo la dirección del Jefe de Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales. Cuenta con Unidades Operativas de Investigación, Bases Marítimas y Bases Aéreas repartidas por todo el territorio nacional.

El SVA está integrado aproximadamente por 2.200 funcionarios de diferentes categorías (A1, A2 y C1) y especialidades (Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones) y dispone de medios aéreos (helicópteros, drones y aviones), navales (52 embarcaciones, incluidos dos Buques de Operaciones Especiales para actuaciones en alta mar en la represión del narcotráfico), terrestres (610 vehículos), centros de comunicaciones, medios tecnológicos aplicados a la investigación, sistemas de inspección no intrusiva y control radiológico, etc.

Como curiosidad, el Servicio Marítimo del SVA tiene su propia bandera cuyo origen data de 1787, fecha en que Carlos III autorizó el uso del pabellón nacional a las embarcaciones de la Real Hacienda. La bandera vigente de las embarcaciones del SVA, conforme al Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, es la bandera nacional con dos H en azul coronadas (con la Coronal Real) en azul en la franja gualda. La norma detalla que esta bandera se usará en los buques o embarcaciones del (o al servicio del) Ministerio de Hacienda.

El SVA desarrolla sus funciones básicamente en tres grandes áreas: investigación, aeronaval y recintos aduaneros, y constituye en resumen, un servicio de carácter policial del Ministerio de Hacienda, con competencias en materia de contrabando y delincuencia económica.

Sus actuaciones están encaminadas a la represión de los delitos e infracciones de contrabando, la lucha contra el tráfico de drogas y otros delitos relacionados como el blanqueo de capitales, el fraude de Impuestos Especiales y otros fraudes fiscales y la economía sumergida. También desarrolla una importante labor de apoyo a otros Departamentos de la Agencia Tributaria (principalmente Inspección y Recaudación) en la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida. Por este motivo, cuentan con una extensa formación en derecho administrativo, penal, procesal, comunitario, tributario, aduanero y legislación sobre contrabando.

El SVA tiene la condición de Resguardo Fiscal y Aduanero como responsable de prevenir y perseguir el contrabando, fraudes y demás ilícitos de carácter fiscal en todo el territorio nacional.

Los funcionarios de Vigilancia Aduanera, hombres y mujeres, tienen carácter de agentes de la autoridad (policía fiscal y policía judicial), y dadas las misiones que desempeñan, están autorizados para el uso de armas reglamentarias. Además, es un servicio en parte uniformado. A su vez, en el ejercicio de sus funciones, auxilian a los órganos jurisdiccionales o al Ministerio Fiscal en aquellos casos en los que se requiere su actuación como funcionarios de la Agencia Tributaria que ostentan la condición de Policía Judicial.