La posición de la AEAT en los procedimientos de insolvencia
Saltar índice de la informaciónProblemas de gestión en reaperturas de concursos
Modos de comunicación a la AEAT de las reaperturas de concursos
El artículo 253 del TRLC impone a la administración concursal la obligación de comunicar a la Agencia Tributaria la declaración de concurso por los medios que estén habilitados en su sede electrónica. Con el fin de atender este mandato, la Agencia Tributaria dispone en su Sede electrónica de un formulario que deberá cumplimentar el administrador concursal. Dicho formulario permite comunicar los mismos datos que figuran en el extracto de publicación del concurso en el BOE a que se refiere el artículo 35 del TRLC.
No se permite presentar otro formulario de comunicación de concurso con el mismo número de procedimiento y Juzgado porque podría provocar una duplicidad de expedientes.
El TRLC, al regular la reapertura del concurso, no prevé una obligación similar de comunicación en la sede electrónica. A la reapertura de concurso, tal como dispone el artículo 506 del TRLC, “se le dará la misma publicidad que la que se hubiera dado a la declaración de concurso.” Por lo tanto, con el sistema actual, y dado que no se puede hacer uso del formulario anteriormente mencionado (al coincidir número de procedimiento y Juzgado), la forma de poner en conocimiento de la AEAT la reapertura del concurso sería mediante el envío de un correo electrónico a la dirección habilitada, adjuntando la documentación necesaria.