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Ayuda directa al transporte (Real Decreto-ley 18/2026 de 29 de junio)

Datos Generales

Denominación

Ayuda directa al transporte (Real Decreto-ley 18/2026 de 29 de junio)

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Impuestos

Objeto

Ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio del gasóleo consumido por profesionales del transporte terrestre por carretera que, respecto de determinados de sus vehículos, no puedan ser beneficiarios de la devolución parcial del Impuesto sobre hidrocarburos para paliar los efectos de la crisis energética derivados del conflicto bélico en Oriente Medio

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Ciudadano - Empresa

Lugar de presentación

Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Fases del procedimiento/servicio

inicio: la solicitud se presentará durante el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 30 de octubre de 2026.

Tramitación: la Administración Tributaria competente tramitará la solicitud y acordará el pago de la misma.

Terminación: El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de ayuda, a partir del 30 de octubre de 2026. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado la concesión y el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada. Contra esta desestimación presunta se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

3 Mes/es

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reposición: en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa: en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica

Artículo 25 del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio,

por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.