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Información al interesado sobre protección de datos

3.5. Legitimación

Según el artículo 6.1.c del Reglamento UE 2016/679, los datos de carácter personal podrán ser tratados cuando “el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento”.

La Agencia Tributaria, por ley, tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero. Por lo tanto, los tratamientos realizados en el cumplimiento de dichas obligaciones están legitimados, de acuerdo a los requisitos que exige el Reglamento UE 2016/679.

Además de lo descrito anteriormente, se realizan otros tratamientos no asociados a la gestión sistema tributario estatal y aduanero, cuya legitimación se describe en cada una de las actividades de tratamiento de este tipo que realiza la Agencia Tributaria y que están accesibles en el registro de actividades de tratamiento.

Registro de las actividades de tratamiento