5.80. Expedientes de compatibilidad
Descripción de la actividad
Gestión de expedientes de compatibilidad de los empleados de la AEAT.
Finalidad
Gestión de personal, funcionario y laboral, destinado en la AEAT.
Legitimación
El artículo 6 del Reglamento 2016/679 (UE), relativo a la licitud del tratamiento, en su apartado 1, letra b) señala que “El tratamiento será lícito si se cumple al menos una de las siguientes condiciones: (…) b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales (…)”.
En virtud de este precepto, el tratamiento de datos es lícito, y no requerirá consentimiento, cuando el tratamiento de datos se realice para el cumplimiento de relaciones contractuales de carácter laboral.
Este precepto daría cobertura también al tratamiento de datos de los empleados públicos, aunque su relación no sea contractual en sentido estricto.
Por otra parte, el tratamiento de datos para el ejercicio de la potestad sancionadora, en la que se subsume la potestad disciplinaria, tendría su cobertura jurídica en el reiterado artículo 6 del Reglamento 2016/679 (UE), relativo a la licitud del tratamiento, en este caso en el apartado 1, letra e) en el que se señala que “El tratamiento será lícito si se cumple al menos una de las siguientes condiciones: (…) c) el tratamiento es necesario para el (…) ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (…)”.
Interesados
- Personas que solicitan la compatibilidad en actividad pública o privada
Datos
- NIF/DNI, Nombre y Apellidos, Dirección
- Académicos y profesionales
- Información comercial
- Transacciones de bienes y servicios
Tratamientos
- Recogida
- Registro
- Almacenamiento
- Estructuración
- Modificación
- Actualización
- Copia
- Análisis
- Consulta
- Extracción
- Difusión
- Interconexión
- Limitación
- Supresión
- Destrucción
- Otros
Destinatarios
No se prevén
Transferencias internacionales
No se prevén
Plazos previstos para la supresión
Los datos recabados no se borrarán y permanecerán en las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para poder dar cobertura a posibles requerimientos legales u otro tipo de reclamaciones que puedan surgir.
Elaboración de perfiles
No aplica
Medidas técnicas/organizativas
Todos los datos tratados han sido evaluados a través de un análisis de riesgos, habiendo obtenido la relación de medidas técnicas y organizativas a aplicar.
Dichas medidas han sido aplicadas de acuerdo al Plan de adecuación aprobado.