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Información al interesado sobre protección de datos

5.99. Sistema de información interno sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción

Descripción de la actividad

Dar conformidad a lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, se ha creado un canal interno para la comunicación de posibles infracciones penales o administrativas graves o muy graves del personal de la Agencia Tributaria. Asimismo, se extiende este canal a todas las personas que, fuera de un contexto laboral o profesional, informen sobre conductas contrarias al ordenamiento jurídico.

Esta actividad incluye la recepción, estudio, calificación, seguimiento y finalización de las informaciones recibidas por este sistema.

Finalidad

Información sobre conductas del personal de la Agencia Tributaria, para la aplicación efectiva de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, incorporada al derecho español a través de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Interesados

  • Comunicantes
  • Personas que puedan ser objeto de investigación
  • Cualquier tercero mencionado en la comunicación

Datos

  • Comunicación presentada
  • Calificación de la información
  • Seguimiento de la comunicación
  • Nombre y apellidos, dirección, correo electrónico, DNI/NIE (datos opcionales en las comunicaciones)

 Tratamientos

  • Recogida 
  • Registro
  • Almacenamiento
  • Estructuración 
  • Modificación
  • Actualización
  • Copia
  • Análisis
  • Consulta
  • Extracción
  • Difusión
  • Interconexión
  • Limitación
  • Supresión 
  • Destrucción
  • Otros

Destinatarios

  • No se prevén, con la excepción de las comunicaciones que deban ser puestas en conocimiento de la Administración de Justicia

Transferencias internacionales

No se prevén

Plazos previstos para la supresión

Las comunicaciones se conservarán únicamente durante el periodo que se estime necesario y siempre que sea proporcionado a efectos de cumplir con los requisitos impuestos por la normativa.

En ningún caso podrán conservarse los datos por un período superior a diez años.

 

Elaboración de perfiles

No aplica.

Medidas técnicas/organizativas

Todos los datos tratados han sido evaluados a través de un análisis de riesgos, habiendo obtenido la relación de medidas técnicas y organizativas a aplicar.

Dichas medidas han sido aplicadas de acuerdo al Plan de adecuación aprobado.

Se hace especial hincapié en la aplicación de medidas que garantizarán el anonimato, salvo que expresamente el propio informante no desee que su identidad sea anónima, considerando que la misma sólo puede ser revelada cuando una norma así lo prevea o bien si se solicita en el marco de un proceso penal.

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