Medidas en materia de tributación
El Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, (BOE 4 de febrero), por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial y el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (BOE de 4 de febrero) para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social, aprueban una serie de medidas de carácter tributario, entre las que cabe citar las siguientes, que afectan a IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades:
IVA
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Se prorrogan para 2026 los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA.
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El plazo para las renuncias y revocaciones para 2026 a los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA, se amplía hasta el 16 de febrero de 2026.
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El plazo extraordinario para renunciar a la opción por la llevanza electrónica de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT (SII) y para la baja voluntaria en el registro de devolución mensual (REDEME) se amplía hasta el 16 de febrero de 2026.
IRPF
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El plazo para las renuncias y revocaciones para 2026 al método de estimación objetiva del IRPF se amplía hasta el 16 de febrero de 2026.
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Se prorrogan para 2026 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.
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Con efectos desde 1 de enero de 2025, se establece que el porcentaje de imputación del 1,1% previsto en el artículo 85 de la LIRPF resultará de aplicación en el caso de inmuebles localizados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva general, siempre que hubieran entrado en vigor a partir de 1 de enero de 2012.
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Desde el 26 de agosto de 2025 estarán exentas en el IRPF las ayudas por daños personales concedidas a los afectados por los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidos entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025.
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Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
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Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible e instalación de puntos de recarga.
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Se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, eliminando la obligación universal de presentar la declaración de IRPF para todos los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo; por lo tanto, para la declaración de IRPF 2025 y ejercicios sucesivos, dichos beneficiarios solo tendrán que presentar declaración si procede de acuerdo con el artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
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Con efectos para los períodos impositivos que, iniciados a partir de 1 de enero de 2025 no hubiesen concluido a fecha 5 de febrero de 2026, las inversiones en vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV, según definición del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, afectos a actividades económicas y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2024, 2025 y 2026 podrán ser amortizadas libremente, así como las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2024, 2025 y 2026.
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Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2025, se prorroga al ejercicio 2026 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
AYUDAS DANA
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Extensión de las ayudas directas previstas en el artículo 11 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, a las comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica que realizan actividades económicas.
El formulario de solicitud podrá presentarse en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria hasta el 11 de marzo de 2026.
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Por otro lado, se establece la exención en IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades de determinadas ayudas urgentes concedidas por la Comunitat Valenciana para facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica, destinadas a autónomos y empresas de las zonas afectadas por la DANA en la Comunitat Valenciana.
- Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero (BOE 4 de febrero), por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial(151 KB - pdf)
- Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (BOE 4 de febrero), para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social(106 KB - pdf)
- Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero,
por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.
- Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero,
para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social.