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Ver históricoYa está disponible el nuevo servicio para obtener el número de referencia para 2025, que te permitirá gestionar todos los servicios para la Campaña de Renta 2025 (y para las campañas anteriores).
El Acuerdo hecho público el 26 de febrero de 2026 entrará en vigor, previsiblemente, el primer día del mes siguiente al momento en que ambas partes hayan notificado que se han completado los procesos de aprobación/ratificación.
Información facilitada en el calendario del contribuyente sobre declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finaliza en marzo de 2026.
En el BOE de 19 de febrero se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 206.bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 194.6 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, se procede a publicar copia del informe de la Comisión consultiva sobre conflicto en la aplicación de la norma tributaria relativo al contribuyente, YY, SA".
El Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, (BOE 4 de febrero), por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial y el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (BOE de 4 de febrero) para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social, aprueban una serie de medidas de carácter tributario, entre las que cabe citar las siguientes, que afectan a IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 206 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 194.6 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, se procede a publicar copia de los informes de la Comisión consultiva sobre conflicto en la aplicación de la norma tributaria.
Se publica la relación de entidades presentadoras de los Informes de Transparencia correspondientes al ejercicio 2024.
Información facilitada en el calendario del contribuyente sobre declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finaliza en febrero.
Las modificaciones introducidas tienen por objeto adaptar estos modelos de IVA a la nueva regulación establecida para la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero en relación con las gasolinas, gasóleos y biocarburantes destinados a ser usados como carburante y que establece, entre otras cuestiones, que el último depositante del producto que se extraiga, o el titular del depósito fiscal en caso de que sea el propietario del producto, estará obligado a garantizar el ingreso del IVA correspondiente a la posterior entrega sujeta y no exenta del bien extraído del depósito fiscal, lo que se plasmará en la obligación de constituir y mantener una garantía del ingreso del IVA correspondiente a las entregas sujetas y no exentas que se hagan posteriormente de dichos bienes.