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Ver históricoTe recordamos que la Agencia Tributaria solo te puede llamar en relación con la Campaña de la Renta si has solicitado una cita a través de cualquiera de los canales disponibles para ello. Cuando la Agencia Tributaria te llame, lo hará exclusivamente a través de este número de teléfono: 91 333 5 333
Durante la Campaña de la Renta 2025, recuerda que los ciberdelincuentes pueden intentar engañarte suplantando a la Agencia Tributaria por medio de correos electrónicos (phishing) o SMS (smishing) fraudulentos.
Se ha publicado el Real Decreto-ley 10/2026, de 28 de abril, por el que se aprueban medidas tributarias urgentes y otras medidas de apoyo en respuesta a los daños causados a las víctimas de siniestros de la DANA y otras situaciones de emergencia.
Información facilitada en el calendario del contribuyente sobre declaraciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación finaliza en mayo de 2026.
El formulario previsto en la DF 16 de la Ley 7/2024 se concibe como un medio específico para la solicitud de las devoluciones que resulten de la aplicación de la DT 2 de la Ley de IRPF, y contiene un consentimiento para que la AEAT inicie el procedimiento adecuado para hacer efectiva la devolución que corresponda.
El plazo extraordinario para renunciar a la opción por la llevanza electrónica de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT (SII) y para la baja voluntaria en el registro de devolución mensual (REDEME) se amplió hasta el 16 de febrero de 2026.
A partir del 8 de abril, están disponibles todos los servicios de ayuda para revisar tu borrador, modificarlo y, en su caso, presentar tu declaración de la Renta 2025 por Internet a través de Renta WEB, Renta DIRECTA o por la APP.
De conformidad con los criterios establecidos por la Dirección General de Tributos, los efectos en el ámbito tributario producidos por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social, y el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial, ambos no convalidados, son los siguientes:
En el BOE de 31 de marzo se ha publicado el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
En el BOE de 27 de marzo se ha publicado la Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2025.