Medidas de carácter económico de apoyo a empresas y autónomos en la ciudad de Ceuta
En el BOE de 2 de septiembre se ha publicado el Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes de carácter social y económico de apoyo a la ciudad de Ceuta.
Entre las medidas de carácter económico y tributario destacan las siguientes:
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Ayudas directas a los trabajadores autónomos, comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica, así como a las entidades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España que cumplan estos requisitos:
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Que sean empresarios o profesionales, que entre el 30 de julio de 2026 y la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto-ley tuvieran, bien su domicilio fiscal, bien su establecimiento de explotación o bienes inmuebles declarados como afectos a su actividad, en la ciudad de Ceuta.
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Que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por actividades económicas o contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, siempre que estuvieran dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en el periodo indicado en el apartado anterior y que hubiesen presentado las autoliquidaciones correspondientes al ejercicio 2025 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con actividades económicas con ingresos declarados, en el caso de los trabajadores autónomos o de socios, herederos, comuneros, o participes en el caso de entidades sin personalidad jurídica, o del Impuesto sobre Sociedades con ingresos declarados, en el caso de las entidades con personalidad jurídica propia. Quedan excluidos los contribuyentes adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
La ayuda será de 5.000 euros para los empresarios o profesionales personas físicas, mientras que en el caso de las personas jurídicas y de comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica, el importe de las ayudas se determinará en función del último importe neto de la cifra de negocios conforme a las siguientes cantidades: 10.000 euros de ayuda, cuando el importe neto de la cifra de negocios haya sido inferior a 1 millón de euros; de 20.000 si ha estado entre 1 y 2 millones; de 40.000 si ha estado entre 2 y 6 millones; de 80.000 en el caso de importe neto de la cifra de negocios entre 6 y 10 millones de euros y de 150.000 euros para importes netos de la cifra de negocios superiores.
La solicitud de la ayuda se presentará en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria hasta el 30 de noviembre de 2026.
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Entre las medidas de carácter tributario, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y con la finalidad de incentivar la actividad económica llevada a cabo por los trabajadores autónomos en Ceuta, se incrementa al 10% durante 2026 el porcentaje deducible en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación en la modalidad simplificada del método de estimación directa y la reducción general aplicable al rendimiento neto de módulos en el método de estimación objetiva.
En el Impuesto sobre Sociedades, se incrementa en diez puntos porcentuales el porcentaje de bonificación previsto en el apartado 1 del artículo 33 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, pasando a ser del 60 por ciento, en el caso de rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.
Por otra parte, el apartado 3 del artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece una norma que, permite a las entidades con lugares fijos de negocio en Ceuta y Melilla entender obtenidas allí sus rentas hasta un importe de 50.000 euros por persona empleada con contrato laboral y a jornada completa que ejerza sus funciones en Ceuta o Melilla, con un máximo de 8 personas.
La modificación que ahora introduce este real decreto-ley extiende la norma señalada, incrementando el límite individual a 60.000 euros por persona y el límite máximo total previsto en la regulación actual de 400.000 euros, equivalente a 8 trabajadores, a un total de 20 trabajadores, lo que determina un importe equivalente de límite máximo de 1.200.000 euros (obtenido de multiplicar el nuevo límite individual por trabajador de 60.000 euros por el límite propuesto de 20 trabajadores).
por el que se aprueban medidas urgentes de carácter social y económico de apoyo a la ciudad de Ceuta.