Documentación para importar un vehículo
Documentación que debes presentar en la aduana y cómo calcular la deuda aduanera
Documentación a presentar ante la aduana
Deberá presentarse una declaración aduanera (DUA) a la que tendrá que unirse la siguiente documentación:
- Comprobante de propiedad del vehículo (factura original de venta, en su caso. En su defecto, el permiso de circulación).
- Documentación técnica del vehículo (tarjeta ITV o ficha técnica). En Enlaces de interés dispones de más información.
- Documento de identidad del propietario y datos de contacto o autorización de despacho, si la tramitación aduanera se ha realizado a través de los servicios de un representante aduanero.
- Si se tiene derecho a la franquicia por cambio de residencia, los documentos acreditativos de tal derecho:
- Alta en al padrón en el nuevo municipio de residencia donde conste la fecha de dicha alta.
- Documento acreditativo de la residencia fuera del territorio aduanero de la Unión durante al menos 12 meses consecutivos anteriores al traslado. En el caso de ciudadanos españoles que trasladen su residencia a España el documento acreditativo será la baja como residente en el Registro español de Matrícula Consular en el extranjero (baja consular). En el caso de ciudadanos de otras nacionalidades, baja consular o cualquier otro documento mediante el que se comunique o solicite el cambio de residencia a alguna autoridad local del país de procedencia (comunicación del cambio de residencia a la autoridad fiscal, sanitaria, de pensiones, etc.).
- Documento de titularidad del vehículo donde se indique la fecha de inicio de esa propiedad.
- De acogerse a la franquicia por herencia, los documentos acreditativos de tal derecho: acta de defunción del causante, justificación de la condición de heredero del vehículo por el interesado, de carácter notarial o cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho, legalizados y legitimados ambos documentos por la autoridad diplomática o consular española en el país de origen.
- Contrato de seguro, que ampare la responsabilidad civil obligatoria (se admitirá el Certificado suscrito con una entidad aseguradora adherida al Convenio de Carta Verde). No será necesario si se acredita que el vehículo no se transporta autopropulsado (en remolque, contenedor...).
- Declaración aduanera (DUA)