Cálculo del rendimiento del alquiler de un inmueble (vivienda, local, garaje, apartamento turístico)
Ingresos, gastos y reducciones aplicables
Rendimientos íntegros
La cuantificación del rendimiento del capital inmobiliario se realiza restando de los ingresos íntegros los gastos deducibles y aplicando sobre esta cantidad, en los casos que proceda, determinadas reducciones.
Se consideran rendimientos íntegros del capital inmobiliario:
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Los que se deriven del arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre bienes inmuebles rústicos y urbanos o de derechos reales que recaigan sobre ellos, cuya titularidad corresponda al contribuyente y no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el mismo.
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Las cantidades percibidas por los restantes bienes, como el mobiliario y enseres.
En el supuesto de subarrendamientos:
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las cantidades percibidas por el subarrendador no se considerarán rendimientos del capital inmobiliario, sino del capital mobiliario.
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la participación del propietario en el precio del subarriendo sí tiene la consideración de rendimientos del capital inmobiliario, sin que proceda aplicar sobre el rendimiento neto reducción alguna.