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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017

9.8.4. Régimen especial para inversiones en Canarias

De acuerdo con lo previsto en el artículo 94 de la Ley   20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, las inversiones que se realicen y permanezcan en el archipiélago Canario, efectuadas por personas físicas que desarrollen actividades económicas en Canarias, pueden acogerse al régimen general de deducciones, pero con sujeción a porcentajes y límites específicos, que se aplicarán con independencia de los que correspondan por las inversiones acogidas al régimen general.

Así, los tipos aplicables sobre las inversiones realizadas serán superiores en un 80 por 100 a los del régimen general, con un diferencial mínimo de 20 puntos porcentuales; y el límite máximo de deducción será siempre superior en un 80 por 100 al que se fije para el régimen general, con un diferencial mínimo de 35 puntos porcentuales.

  1. 9.8.4.1. Saldos pendientes de ejercicios anteriores
  2. 9.8.4.2. Deducciones del ejercicio 2017
  3. 9.8.4.3. Adquisiciones de activos fijos (deducción del 25 por 100)