Valor de la mercancía
El valor de la mercancía en aduana será el valor de transacción, precio de compra más costes de entrega, en el momento de entrada en la UE. Conoce sus características
Ventas entre empresas vinculadas. Valor de transacción cuando existe vinculación
El valor de transacción es aceptable si se prueba que la vinculación no ha influido en el precio pagado o por pagar. Cabe entender que existe vinculación, en los siguientes casos:
- Vinculación definida en función de una relación socio-sociedad: se incluyen en esta categoría los supuestos en los que una persona cualquiera posee, controla o tiene directa o indirectamente el 5 por 100 o más de las acciones o títulos con derecho a voto de una y otra (letra d del art. 143.1)
- Vinculación en operaciones entre una sociedad y sus administradores o consejeros; incluye los supuestos en los que una de las partes forma parte de la dirección o del consejo de administración de la empresa de la otra o viceversa (letra a del art. 143.1)
- Vinculación por relaciones establecidas entre entidades del mismo grupo societario o entre sociedades controladas por los mismos socios o por un grupo familiar. Así, cabe incluir aquí, las empresas asociadas (letra b del art. 143.1); los supuestos en los que una parte interviniente controla, directa o indirectamente, a la otra (letra e del art. 143.1); cuando ambas entidades sean controladas, directa o indirectamente, por una tercera persona (letra f del art. 143.1), y cuando las intervinientes, juntas, controlen, directa o indirectamente, a una tercera persona (letra g del art. 143.1)
- Otras relaciones en las que una de las partes es empleada de la otra (letra c del art. 143.1), y cuando las partes intervinientes son miembros de la misma familia (letra h del art.143.1), supuesto en el que se incluye, por dicción literal del precepto, a marido y mujer; ascendiente y descendientes en línea directa, en primer grado; hermanos y hermanas (carnales, consanguíneos o uterinos); ascendientes y descendientes en línea directa, en segundo grado; tío o tía y sobrino o sobrina; suegros y yerno o nuera; y cuñados y cuñadas