Solicitud de certificados tributarios en la Administración
Para obtener una certificación tributaria de forma presencial en la Administración, será necesario pedir cita seleccionando el procedimiento "Certificados Tributarios" al que puedes acceder seleccionando "Otras gestiones", "Trámites destacados".
En la Administración se formalizará el expediente electrónico que incluye el certificado generado y la documentación relevante para la tramitación del mismo.
Una vez que la certificación haya sido emitida puede ser entregada de forma inmediata o enviada mediante CIE/DEHú:
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Si se entrega de forma inmediata, el solicitante firma el "Acuse de recibo" que queda guardado en el expediente electrónico. Este acuse de recibo no se le entrega al peticionario.
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Cuando la certificación no se pueda entregar en el momento, se enviará por CIE (Centro de Impresión y Ensobrado) al domicilio consignado a efectos de notificaciones/domicilio fiscal o por DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única) si se hubiese suscrito al servicio de notificaciones telemáticas. El solicitante firma un "Resguardo de la solicitud" que se le entrega en el momento.
En caso de que la solicitud de la certificación la realice un representante, será necesario que presente la documentación correspondiente que le acredite como representante o autorizado, quedando en el expediente electrónico los documentos de representación/autorización presentados.
En el caso de solicitudes mediante representante/autorizado, se podrá elegir quién recibirá la certificación vía CIE/DEHú, pudiéndose enviar al domicilio del titular o al domicilio del representante/autorizado.
Conviene tener en cuenta que, en relación al formato de la certificación, el espacio dedicado al código de barras, número de comunicación y domicilio a efecto de notificaciones situado en la parte superior derecha del documento, puede variar en función de la forma de entrega de la certificación, no mostrándose estos datos en ciertos casos.
Recuerda que, en cualquiera de los casos, la autenticidad del documento obtenido se podrá verificar mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que figura junto a la firma electrónica del mismo, a través del apartado "Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación" disponible en la sede de la Agencia Tributaria.