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Modelo 200. Declaración del Impuesto de Sociedades 2018

4.2.35 Claves 01009 y 01010 gastos correspondientes a operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas (Art. 15 j) LIS)

Conforme a lo establecido en el artículo 15 j) de la LIS, no serán gastos fiscalmente deducibles los correspondientes a operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas que, como consecuencia de una calificación fiscal diferente en estas, no generen ingreso o generen un ingreso exento o sometido a un tipo de gravamen nominal inferior al 10 por ciento.

A estos efectos, en el período impositivo en que se contabilicen los referidos gastos no de­ducibles fiscalmente, se deberá realizar un ajuste al resultado contable en la clave [01009] de aumentos.

No obstante, aunque se den las condiciones recogidas en dicho artículo, si en períodos im­positivos posteriores, el contribuyente acredita que existen motivos económicos válidos para la realización de dichas operaciones, dichos gastos financieros se considerarán fiscalmente deducibles, por lo que deberá realizar un ajuste negativo en la clave [01010] de disminuciones.