a) Reducción por rendimientos con período de generación superior a dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular
- Rendimientos con período de generación superior a dos años, distintos de los derivados de sistemas de previsión social
- Rendimientos calificados reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo: reducción 30 por 100
- Importe máximo del rendimiento al que se aplica la reducción
- Limites específicos
- Cuadro- resumen