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Manual práctico de Renta 2023.

Rendimientos de trabajo por expresa disposición legal

Normativa: Art. 17.2 y disposición adicional quincuagésima tercera Ley IRPF

Por expresa disposición legal tienen, en todo caso, la consideración de rendimientos del trabajo:

  1. a) Prestaciones derivadas de los sistemas de previsión social
  2. b) Cantidades abonadas por razón del cargo
  3. c) Rendimientos por cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares
  4. d) Rendimientos por elaboración de obras literarias, artísticas o científicas
  5. e) Retribuciones de los administradores y miembros de órganos de representación de sociedades
  6. f) Pensiones compensatorias recibidas del cónyuge y anualidades por alimentos
  7. g) Derechos especiales de contenido económico que se reserven los fundadores o promotores de una sociedad
  8. h) Becas no exentas
  9. i) Retribuciones a colaboradores en actividades humanitarias o de asistencia social
  10. j) Retribuciones derivadas de relaciones laborales de carácter especial
  11. k) Aportaciones realizadas al patrimonio protegido de las personas con discapacidad
  12. l) Rendimientos obtenidos por la gestión de fondos vinculados al emprendimiento, a la innovación y al desarrollo de la actividad económica