Novetats de normativa 2021
Saltar índex de la informacióModificacions en matèria d'IVA recollides en Llei 11/2020, de 30 de desembre, de pressupostos generals de l’Estat per a l'any 2021
Ley 11/2020, de 30 de diciembre,de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
Con fecha 31 de diciembre se publica en el BOE la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, por la que se establecen las siguientes modificaciones de la Ley 37/1992:
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Localización de prestaciones de servicios: regla de uso efectivo. El artículo 68 de la LPGE para 2021 establece que, con efectos desde 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se modifica el artículo 70. Dos LIVA, para dejar de aplicar la regla especial de uso efectivo a los servicios que se entienden realizados, conforme a las reglas de localización, en Canarias, Ceuta y Melilla.
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Tipo impositivo aplicable a las bebidas con edulcorantes añadido. El artículo 69 de la LPGE 2021 establece que, con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se modifica el artículo 91.uno.1.1º LIVA, incrementando el tipo impositivo aplicable a las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos que pasan de tributar al 10 por ciento a hacerlo al 21 por ciento.
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Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. El artículo 70 de la LPGE 2021 establece que, con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se modifica la disposición transitoria decimotercera LIVA con el fin de prorrogar para el periodo 2021 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.