Preguntas frecuentes Modelos 036 y 037
Saltar índice de la informaciónAlta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
Antes de iniciar las actividades, de realizar operaciones o del nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta.
Con carácter general, cualquier obligado tributario puede utilizarel modelo 036 (modelo normal).
Podrá utilizar el modelo 037 (declaración censal simplificada) las personas físicas residentes en España en las que concurran conjuntamente determinadas circunstancias.
Si es persona física residente en España y concurren conjuntamente las siguientes circunstancias:
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Tener asignado un Número de Identificación Fiscal.
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No actúe por medio de representante.
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Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.
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No sea gran empresa.
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No esté incluido en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo el régimen simplificado, régimen especial de la agricultura ganadería y pesca, régimen especial de recargo de equivalencia o régimen especial del criterio de caja.
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No figure inscritos en el registro de operadores intracomunitarios ( ROI ) o en el de devolución mensual del IVA ( REDEME ).
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No realice ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas al IVA , del artículo 14 de la Ley del IVA.
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No realice ventas a distancia.
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No sea sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
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No satisfaga rendimientos de capital mobiliario.
Sì. Podrán sustituirse las declaraciones censales por el Documento Único Electrónico (DUE) a través de uno de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) para las personas o entidades para el desarrollo de su actividad económica, sin perjuicio de la presentación posterior de las declaraciones censales que correspondan.