Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Ceuta y Melilla
Para herederos residentes en territorio español siempre que el fallecido fuese residente en Ceuta o Melilla, así como para donatarios de inmuebles situados en estas ciudades y para donaciones de cualquier otro bien o derecho si eres residente en estas Ciudades Autónomas
Gestiones destacadas
Puede realizar las gestiones relativas a los modelos: Modelo 650, Modelo 651 y 655.
Información residentes en Ceuta y Melilla
¿Quién debe presentar este impuesto en la Agencia Tributaria de Ceuta y Melilla?
Te explicamos qué adquisiciones de bienes o derechos por herencia y donación tributan por este impuesto en Ceuta y Melilla
Adquisiciones «mortis causa». Modelo 650
Adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio, y percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario.
Adquisiciones «inter vivos». Modelo 651
Adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, inter vivos
Consolidación dominio por extinción de usufructo. Modelo 655
Consolidación del dominio operada en la persona del nudo propietario a consecuencia de la extinción de un usufructo constituido mediante una transmisión lucrativa (sucesión o donación)