Delegación Central de Grandes Contribuyentes
Órgano central con competencias en todo el territorio nacional que ejerce sus funciones respecto de los grandes contribuyentes que se adscriban a él por algunas de las circunstancias reguladas en la normativa
Introducción
El Plan de Prevención del Fraude Fiscal 2005 elaborado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria incluía, entre sus medidas organizativas y de coordinación interna e integración funcional, la creación de una Delegación Central que permitiera el control coordinado de los grandes contribuyentes, en el marco de una apuesta decidida por la coordinación e integración entre las áreas funcionales de la Administración tributaria, así como la mejora de la atención y el servicio que se les ofrece.
En cumplimiento de esta propuesta y con ese objetivo, la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 3230/2005, de 13 de octubre (BOE del 19), creó la Delegación Central de Grandes Contribuyentes en la Agencia Tributaria, disponiendo que su entrada en funcionamiento efectivo se produjera el 1 de enero de 2006.
La Delegación Central de Grandes Contribuyentes sustituyó a la Oficina Nacional de Recaudación y a las Oficinas Nacionales de Inspección de los Departamentos de Inspección Financiera y Tributaria y de Aduanas e Impuestos Especiales y supuso una clara apuesta para lograr una mayor eficacia, coordinación e integración entre las distintas área funcionales de la Agencia Tributaria en el tratamiento de los grandes contribuyentes, para los que la Delegación Central se ha convertido en su interlocutor único en la mayor parte de sus gestiones tributarias.
La estructura orgánica de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes y su régimen de competencias y funcionamiento se regula actualmente por Resolución de 13 de enero de 2021 (BOE del 16 de enero) de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.